Reforma para elección de contralor de Tribunal de Justicia Administrativa

 

San Luis Potosí.- Los diputados Xitlálic Sánchez Servín y Fernando Chávez Méndez presentaron una iniciativa de reforma a la Ley Orgánica del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa de San Luis Potosí, con el objetivo de establecer que la elección del titular del Órgano de Control Interno de dicho Tribunal sea mediante convocatoria pública a fin de darle certeza legal a este nombramiento.

Lo anterior, porque actualmente el titular del Órgano de Control Interno del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa es designado por el Congreso del Estado sin tener un procedimiento para dicha designación, lo cual no da claridad a la manera de elegirlo.

Con esta reforma que pretenden los legisladores Sánchez Servín y Chávez Méndez la ley mencionada establecería que: La persona titular del Órgano Interno de Control del Tribunal ejercerá las facultades a que se refiere la fracción III del artículo 125 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado y Municipios de San Luis Potosí y será designada, previa convocatoria pública, por el Congreso del Estado, con el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes.

Durará en su encargo cuatro años, y podrá ser reelecta por una sola vez; y asimismo, no podrá ser removida sino por los casos y causas que establezcan las leyes de la materia.

En la designación la persona titular del Órgano de Control Interno del Tribunal, el Congreso del Estado se sujetará a lo siguiente: I. Las comisiones de, Gobernación y Justicia, serán las encargadas de sustanciar el procedimiento en los términos del presente artículo. II. Las comisiones emitirán una convocatoria pública, en la que se establecerán las bases a que se sujetará la elección la persona titular del Órgano de Control Interno, y los requisitos que deberán cubrir las personas que aspiren a ejercer ese encargo misma que deberá ser publicada en el Periódico Oficial del Estado, y cuando menos en uno de los diarios locales de mayor circulación en la entidad.

III. Las comisiones integrarán una lista, que presentarán a la consideración del Pleno del Congreso del Estado. IV. El Pleno del Congreso por mayoría calificada, de la lista presentada por las comisiones, elegirá en votación por cédula, a quien deberá fungir como persona titular del Órgano de Control Interno del tribunal Estatal de Justicia Administrativa; entre otros preceptos.

En la exposición de motivos de la iniciativa presentada se señala que la rendición de cuentas significa “la obligación de todos los servidores públicos de dar cuentas, explicar y justificar sus actos al público, que es el último depositario de la soberanía en una democracia”. Para Ian McLean, la rendición de cuentas es “el requerimiento para que los representantes den cuenta y respondan frente a los representados sobre el uso de sus poderes y responsabilidades”.

La rendición de cuentas exige un sistema de previsión que defina las prioridades, actividades y metas de cada área de gobierno u órgano autónomo, así como un sistema de indicadores que mida su cumplimiento y los evalúe en relación con los objetivos de su desempeño.

Pero la verdadera función de los Órganos Internos de Control, es el verificar que cada servidor público actúe como legalmente le corresponde y que la idea de servicio público, no sea precisamente una simple idea sino una realidad que ayude a cada mexicano en el ejercicio de sus derechos, dentro del marco de la legalidad.

La iniciativa de Sánchez Servín y Chávez Méndez se turnó a las comisiones de Gobernación; y Justicia para su análisis correspondiente.