El Congreso del Estado de San Luis Potosí se sumó al avance del federalismo

San Luis Potosí.- El Congreso del Estado de San Luis Potosí se sumó al avance del federalismo al aprobar por mayoría en sesión extraordinaria, con 23 votos a favor y 2 en contra, la Minuta con proyecto de decreto mediante el cual se reforman y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para dotar al Distrito Federal  de la categoría  de entidad  federativa, con autonomía,  derechos, obligaciones y con carácter libre y soberano en lo concerniente a su régimen interior.

Así como dotar a lo que ahora será Ciudad de México de la capacidad para iniciar leyes o decretos ante el Congreso de la Unión y de participar en las reformas y adiciones a la Constitución Nacional.

Esta Minuta con proyecto de decreto fue enviada por el Senado de la República al Poder Legislativo de San Luis Potosí y la Comisión de Puntos Constitucionales fue la encargada de analizarla y emitir el dictamen correspondiente en donde coincide en que la esta reforma es de gran trascendencia para el país, y específicamente para los habitantes de la Ciudad de México, ya que representa un avance del federalismo y da alcance a los propósitos que desde el año 2010 se han enfocado en dotar al Distrito Federal de la categoría de entidad federativa.

Cabe recordar que las modificaciones a la Constitución Federal establecen lo siguiente:  a)  El cambio de nombre del Distrito Federal para denominarse Ciudad de México, mismo que se establece en el artículo 122, reforzándose con los conceptos emanados de las reformas a los diversos 40, 41, 43 y 44, todos, de la reforma constitucional que se dictamina. b)  En esa tesitura, se hacen modificaciones de forma, cambiando la referencia que se hace acerca de “los Estados”, por la de “entidades federativas”.

c)  Prevé dotar la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, de facultades para proponer, ratificar o rechazar reformas constitucionales, en igualdad de atribuciones que el resto de los congresos locales del país. d)  Las actuales  delegaciones  políticas,  pasarán  a ser demarcaciones  territoriales  con gobiernos colegiados integrados por  concejales, y  encabezados   por  alcaldes; figuras jurídicas que reemplazarán a los jefes delegacionales. e)  La nueva Ciudad de México, contará con una Constitución Política propia, derogándose así el Estatuto de Gobierno que regía al Distrito Federal.

f)    La supresión de las facultades del Presidente de la República para conceder el indulto a reos sentenciados por delitos del orden común en la ciudad de México. g)  La supresión de las facultades de la Cámara de Diputados para pronunciarse en definitiva sobre la declaratoria  de procedencia respecto  de los diputados  de la Asamblea  Legislativa, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal y el Procurador General de Justicia, dándoles un trato igual a la de sus homólogos en los estados. h)  La necesidad de contar con organismos constitucionales autónomos, que la Constitución Política general prevé para las entidades federativas. i)   El Jefe de Gobierno nombrará y removerá libremente al servidor público que ejerza el mando directo de la fuerza pública.     j) Y finalmente, dispone la creación del Consejo de Desarrollo Metropolitano, conforme una ley que emita este Congreso de la Unión; entre otros preceptos.