En Sesión Ordinaria, el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) declaró infundado un procedimiento sancionador especial iniciado en contra del Partido Acción Nacional (PAN) y turnó a la Comisión de Análisis al Marco Jurídico una petición del Revolucionario Institucional (PRI) respecto a prohibir la introducción de cámaras de video, fotográficas y teléfonos celulares en las mamparas donde los ciudadanos emitirán su voto el 5 de julio.
En el primer caso, el organismo electoral declaró infundado el procedimiento sancionador iniciado por una denuncia interpuesta por el PRI para investigar la probable responsabilidad del PAN en la difusión de propaganda denigratoria en forma de volantes, del Revolucionario Institucional y su candidato Fernando Toranzo Fernández.
En la denuncia, el PRI relató que el nueve de junio, un grupo de personas a bordo de una camioneta roja con propaganda del candidato del PAN a gobernador del estado, descendieron de dicha unidad en diferentes puntos de la ciudad y se ponían camisetas blancas con letras rojo oscuro con la leyenda “Te acuerdas”; además de que se colocaban máscaras de Carlos Salinas de Gortari, bailaban y gritaban consignas contra el PRI como “Acuérdate de lo que este partido robó con Salinas”, entre otras consignas.
Como pruebas, el PRI presentó diversas fotografías y una nota de un diario local.
El CEEPAC consideró que las pruebas presentadas por el denunciante no vinculaban las acciones denunciadas con el Partido Acción Nacional.
A pesar de la resolución acordada por el pleno, el presidente del Consejo, Rodolfo Aguilar Gallegos, reprobó que se realicen dichas actividades de la ley que se esconden en el anonimato.
En otro punto, el organismo turnó a la Comisión de Análisis al Marco Jurídico una petición del PRI para que “el día de la jornada electoral se ponga en las mamparas donde se emita el voto, anuncios de prohibición de tomar fotografías o videograbación del momento de la emisión del sufragio”.
El PRI también solicitó que no se permita en las casillas electorales, la introducción a la mampara donde en forma secreta se traza el voto, con cámaras de video, fotográficas o teléfonos celulares.
Esta petición, señala la solicitud del PRI, es a efecto de garantizar la efectividad de la secrecía del voto.
En otro punto, el CEEPAC acordó fincar procedimiento sancionador general contra del PAN del municipio de Aquismón y los ciudadanos Fabiola Chávez Martínez y Mario Hernández Gámez.
El denunciante, representante del Partido Socialdemócrata ante el Comité Municipal Electoral de ese municipio, Pedro Santos Urbano, denunció que los ciudadanos mencionados, el 27 de mayo del año en curso, hicieron proselitismo político en horas de trabajo, a pesar de ser empleados de la presidencia municipal de Aquismón, violando con ello la Ley Electoral.