-Se reforma decreto para regularizar vehículos americanos
-Se busca mantener el costo anunciado por el Presidente de la República de $2500
San Luis Potosí.- El Gobierno Federal realizó modificaciones al “DECRETO” por el que se reforma el diverso por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera, publicado en el Diario Oficial de la Federación.
El Coordinador Estatal de la Unión Campesina Democrática en San Luis Potosí, Ángel Altamirano informó que el día de ayer 27 de Febrero de 2022 el Gobierno Federal modifica el decreto emitido el día 18 de Octubre de 2021 para la regularización de los autos extranjeros, derogando algunos párrafos con requisitos anteriormente publicados, y dando paso a nuevas disposiciones para una simplificación en los tramites y evitar burocratismo en beneficio de los propietarios de autos extranjeros.
Entre esos puntos a considerar :
-Que se excluye la participación de las Agencias Aduanales , ya no serán necesarias para el trámite de regularización.
-Se incluyen a los Estados de Zacatecas y Sinaloa en el programa, además de los mencionados, Baja California Norte , Baja California sur , Sonora , Chihuahua , Coahuila , Nuevo León , Tamaulipas , Durango , Michoacán y Nayarit
* Que su número de serie ( VIN ) comience con los números 1,2,3,4 y 5 , es decir fabricados en USA, Canadá y México.
– Que se mantiene el precio de $ 2,500
-El trámite se realizara por medio electrónico a través del Registro Público Vehicular ( REPUVE ) y módulos instalados para tal fin.
-Que habrá que presentar el vehículo por una sola ves a algún modulo designado y cerca de cada localidad para obtener el pegado de un engomado y posteriormente acudir a secretaria a tramitar sus placas.
-Que el pago se hará por medio de un formato múltiple
-Que el decreto tendré vigencia hasta el día 20 de Septiembre de 2022
-Que la inclusión de los estados de Sinaloa y Zacatecas, se justifica en virtud de que dichas entidades federativas tienen un alto índice de población migrante a los Estados Unidos de América o Canadá lo que ha propiciado que un número considerable de vehículos usados de procedencia extranjera se encuentren internados en los estados en comento de manera irregular;
ARTÍCULO 2.- Los vehículos usados cuyo Número de Identificación Vehicular corresponda al de fabricación o ensamble del vehículo en México, Estados Unidos de América o Canadá, se clasifiquen en las fracciones arancelarias que se señalan en el siguiente párrafo, que al 19 de octubre de 2021; se encontraban en el territorio de los estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Durango, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Nuevo León, Sonora, Tamaulipas, así como en los estados de Sinaloa y Zacatecas, y no hayan acreditado su legal estancia en el país, para efectos de su regularización en territorio nacional, podrán obtenerla sin que se requiera certificado de origen; permiso previo de la Secretaría de Economía; intervención de agente aduanal, agencia aduanal, apoderado aduanal o de cualquier otro intermediario; ni inscripción previa en el Padrón de Importadores.
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