{"id":30516,"date":"2018-11-24T11:58:16","date_gmt":"2018-11-24T17:58:16","guid":{"rendered":"http:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/?p=30516"},"modified":"2018-11-24T11:58:16","modified_gmt":"2018-11-24T17:58:16","slug":"buscan-regular-en-el-sector-publico-la-contratacion-de-creditos-bienes-y-servicios-con-distintas-personas-del-sector-privado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/buscan-regular-en-el-sector-publico-la-contratacion-de-creditos-bienes-y-servicios-con-distintas-personas-del-sector-privado\/","title":{"rendered":"Buscan regular en el sector p\u00fablico la contrataci\u00f3n de cr\u00e9ditos, bienes y servicios con distintas personas del sector privado.  \u00a0"},"content":{"rendered":"<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>-EL OBJETIVO ES EVITAR CL\u00c1USULAS RUINOSAS, VENTAJOSAS, O QUE ATENTEN CONTRA EL PATRIMONIO DE LAS INSTITUCIONES P\u00daBLICAS.<\/strong><\/p>\n<p><strong>EL DIPUTADO JES\u00daS EMMANUEL RAMOS HERN\u00c1NDEZ PRESENT\u00d3 UNA INICIATIVA DE REFORMA\u00a0 INTEGRAL Y COMPLETA A DISTINTOS ORDENAMIENTOS LEGALES.<\/strong><\/p>\n<p>San Luis Potos\u00ed.- El diputado Jes\u00fas Emmanuel Ramos Hern\u00e1ndez present\u00f3 una iniciativa de reforma\u00a0 integral y completa a distintos ordenamientos legales en el Estado de San Luis Potos\u00ed con el objetivo de regular, limitar e impedir que los distintos \u00f3rganos de gobierno encargados de contratar cr\u00e9ditos, bienes y servicios con distintas personas del sector privado y financieras, establezcan\u00a0 en los mismos cl\u00e1usulas ruinosas, ventajosas, o que atenten contra el patrimonio de las instituciones p\u00fablicas, que a su vez se ve reflejada en una disminuci\u00f3n de bienes y servicios para la ciudadan\u00eda, contemplando adem\u00e1s sanciones penales y administrativas para los servidores p\u00fablicos que incumplan con estas disposiciones.<\/p>\n<p>Con esta iniciativa de reforma se propone, en primer lugar, establecer como limitante o prohibici\u00f3n en las Leyes de Adquisiciones, de Obras P\u00fablicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y de Asociaciones P\u00fablico-Privadas en Proyectos para la Prestaci\u00f3n de Servicios, todas del Estado de San Luis Potos\u00ed, el que se pacten indemnizaciones o cl\u00e1usulas penales con cargo a la instituci\u00f3n p\u00fablica que superen el quince por ciento del total del valor del contrato, evitando de esta manera que se contemplen candados ventajosos para los contratistas que impidan a las dependencias p\u00fablicas contratantes rescindir los contratos por alguna causa legal o contractual, como sucede en la actualidad en donde entes gubernamentales no pueden rescindir contratos que da\u00f1an el patrimonio p\u00fablico por la existencia de dichas cl\u00e1usulas, superando en muchos casos el noventa por ciento del valor total del contrato.<\/p>\n<p>En virtud de que se trata de una reforma integral, y con la finalidad de establecer con claridad y contundencia las limitaciones a que nos hemos venido refiriendo, se propone adicionar dos fracciones al art\u00edculo 32 de la Ley Org\u00e1nica del Municipio Libre, que trata de los impedimentos de los ayuntamientos para que \u00e9stos queden expresamente impedidos para pactar indemnizaciones o cl\u00e1usulas penales con cargo a las entidades municipales que superen el quince por ciento del total del valor del contrato y\u00a0\u00a0 establezcan cualquier tipo de penalizaci\u00f3n o indemnizaci\u00f3n para el caso de que decidan reestructurar, refinanciar, o pagar anticipadamente cr\u00e9ditos contra\u00eddos.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, el presente proyecto establece adiciones al C\u00f3digo Penal del Estado, estableciendo conductas infractoras y penales que permitan un castigo para los Servidores P\u00fablicos que afecten el Patrimonio P\u00fablico, estableciendo o pactando indebidamente las indemnizaciones o cl\u00e1usulas penales de que hemos venido hablando.<\/p>\n<p>Esta propuesta persigue los principios de responsabilidad patrimonial, econom\u00eda, legalidad y practicidad entre otras, mediante la reforma-adici\u00f3n de los numerales 50 Bis de la Ley de Adquisiciones del Estado de San Luis Potos\u00ed, 62 Bis de Ley de Asociaciones P\u00fablico-Privadas en Proyectos para la Prestaci\u00f3n de Servicios del Estado y Municipios de San Luis Potos\u00ed, 107 Bis de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Estado de San Luis Potos\u00ed, 32 de la Ley Org\u00e1nica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potos\u00ed, 323 del C\u00f3digo Penal del Estado de San Luis Potos\u00ed.<\/p>\n<p>Esta iniciativa de reforma del diputado Ramos Hern\u00e1ndez se turn\u00f3 a las comisiones de Hacienda del Estado; Desarrollo Territorial Sustentable; Puntos Constitucionales; y Justicia, para su an\u00e1lisis correspondiente.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; -EL OBJETIVO ES EVITAR CL\u00c1USULAS RUINOSAS, VENTAJOSAS, O QUE ATENTEN CONTRA EL PATRIMONIO DE LAS INSTITUCIONES P\u00daBLICAS. 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