{"id":32702,"date":"2019-02-08T07:54:20","date_gmt":"2019-02-08T13:54:20","guid":{"rendered":"http:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/?p=32702"},"modified":"2019-02-08T07:54:20","modified_gmt":"2019-02-08T13:54:20","slug":"buscan-que-el-estado-cuente-con-normas-especificas-para-atender-la-desaparicion-de-personas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/buscan-que-el-estado-cuente-con-normas-especificas-para-atender-la-desaparicion-de-personas\/","title":{"rendered":"Buscan que el estado cuente con normas espec\u00edficas para atender la desaparici\u00f3n de personas.  \u00a0"},"content":{"rendered":"<p><strong>\u00a0&#8211;<\/strong><strong>DIP. SONIA MENDOZA D\u00ccAZ, PRESENTA INICIATIVA PARA EXPEDIR LA LEY QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA EMISI\u00d2N DE LA DECLARATORIA DE AUSENCIA POR DESAPARICI\u00d2N.<\/strong><\/p>\n<p>San Luis Potos\u00ed.- Para que el Estado cuente con una norma espec\u00edfica para atender el tema de desaparici\u00f3n de personas, la diputada Sonia Mendoza D\u00edaz present\u00f3 una iniciativa para expedir la Ley que Regula el Procedimiento para la Emisi\u00f3n de la Declaratoria de Ausencia por Desaparici\u00f3n en el Estado del Estado de San Luis Potos\u00ed.<\/p>\n<p>La legisladora detalla en su exposici\u00f3n de motivos, que la Declaraci\u00f3n Especial de Ausencia tiene como finalidad el reconocer y proteger la personalidad jur\u00eddica y los derechos de la Persona Desaparecida, as\u00ed como otorga las medidas apropiadas para asegurar la protecci\u00f3n m\u00e1s amplia los familiares de la persona desaparecida, donde esta declaraci\u00f3n tiene m\u00faltiples efectos tanto para la persona que ha desaparecido como para sus familiares.<\/p>\n<p>Agrega que en M\u00e9xico, seg\u00fan datos de Amnist\u00eda Internacional existen m\u00e1s de 37,000 personas desaparecidas en el pa\u00eds, que van desde desapariciones forzadas hasta hechas por particulares.<\/p>\n<p>Por otro lado, el informe de la Situaci\u00f3n de Derechos Humanos en M\u00e9xico presentado en 2015 afirma que las desapariciones forzadas de personas han ocurrido en M\u00e9xico en diferentes momentos y con diversas intensidades, como en los a\u00f1os 60s en el contexto de la llamada \u201cGuerra Sucia\u201d hasta finales de los 80 y actualmente ha aumentado en forma dram\u00e1tica en el pa\u00eds.<\/p>\n<p>Explica que la Ley General en Materia de Desaparici\u00f3n Forzada de Personas, Desaparici\u00f3n Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de B\u00fasqueda de Personas, enuncia la Declaraci\u00f3n Especial de Ausencia por Desaparici\u00f3n y prev\u00e9 en su articulado que los familiares, as\u00ed como otras personas legitimadas por la ley, y el Ministerio P\u00fablico, podr\u00e1n solicitar a la autoridad jurisdiccional en materia civil que emita la Declaraci\u00f3n Especial de Ausencia en t\u00e9rminos de lo dispuesto por la Ley General y otras leyes aplicables.<\/p>\n<p>Establece tambi\u00e9n que las Entidades Federativas deben establecer el procedimiento sin que el plazo exceda de seis meses a partir del inicio de \u00e9ste, y que adem\u00e1s podr\u00e1 solicitarse a partir de los tres meses en que se haya hecho la Denuncia o Reporte de Desaparici\u00f3n, o bien la presentaci\u00f3n de una Queja ante la Comisi\u00f3n Nacional de Derechos Humanos u organismo p\u00fablico de protecci\u00f3n en la Entidad.<\/p>\n<p>Indica que la Ley Federal de Declaraci\u00f3n Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas, establece en su art\u00edculo transitorio Segundo de esta que, en un plazo no mayor a seis meses, los gobernadores de los estados, en el \u00e1mbito de sus respectivas competencias, debe adecuar los ordenamientos jur\u00eddicos y reglamentarios correspondientes, sin embargo aun cuando la Nueva Ley se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el 22 de junio de 2018, hoy no se ha cumplido con este t\u00e9rmino en San Luis Potos\u00ed.<\/p>\n<p>La legisladora Mendoza D\u00edaz manifiesta que la falta de armonizaci\u00f3n en nuestras disposiciones conforme lo mandata la Ley General, \u201ccoloca a las v\u00edctimas en plena indolencia y revictimizadas frente a la ausencia y omisiones del Estado, donde las v\u00edctimas se han manifestado en la urgencia de presentaci\u00f3n de esta propuesta, espec\u00edficamente el Colectivo Voz y Dignidad por los Nuestros\u201d.<\/p>\n<p>\u201cEs por todo lo anteriormente expuesto que, es necesario y urgente que se lleve a cabo expedici\u00f3n de esta nueva ley en el menor tiempo posible, para que el Estado no siga incurriendo en responsabilidades frente a los familiares como v\u00edctimas\u201d:<\/p>\n<p>La iniciativa fue turnada para su an\u00e1lisis a las comisiones de Justicia; y Derechos Humanos, Igualdad y G\u00e9nero.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0&#8211;DIP. 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