{"id":34858,"date":"2019-04-11T19:30:49","date_gmt":"2019-04-12T01:30:49","guid":{"rendered":"http:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/?p=34858"},"modified":"2019-04-11T19:30:49","modified_gmt":"2019-04-12T01:30:49","slug":"aprueban-punto-de-acuerdo-para-exhortar-a-la-secretaria-de-salud-para-que-presente-un-informe-sobre-los-resultados-de-la-implementacion-de-la-nom-046-ssa2-2005-violencia-familiar-sexual-y-contra-las","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/aprueban-punto-de-acuerdo-para-exhortar-a-la-secretaria-de-salud-para-que-presente-un-informe-sobre-los-resultados-de-la-implementacion-de-la-nom-046-ssa2-2005-violencia-familiar-sexual-y-contra-las\/","title":{"rendered":"Aprueban punto de acuerdo para exhortar a la secretar\u00eda de salud para que presente un informe sobre los resultados de la implementaci\u00f3n de la nom-046-ssa2-2005 violencia familiar, sexual y contra las mujeres.  \u00a0"},"content":{"rendered":"<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>-APRUEBAN PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR AL AYUNTAMIENTO CAPITALINO LAS ACCIONES QUE HA EMPRENDIDO PARA DETERMINAR Y EN SU CASO SANCIONAR, LAS POSIBLES RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS Y\/O PENALES CON MOTIVO DEL CONTRATO DE \u201cREHABILITACI\u00d3N DE LA CALZADA FRAY DIEGO DE LA MAGDALENA\u201d.<\/strong><\/p>\n<p><strong>-SE APROB\u00d3 POR UNANIMIDAD REFORMAR LA LEY DE FOMENTO AL DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE DEL ESTADO, CON EL OBJETIVO DE INCLUIR A LAS MUJERES Y J\u00d3VENES DE LA ENTIDAD EN LOS PROGRAMAS ESPECIALES CONCURRENTES.<\/strong><\/p>\n<p><strong>-SE APROB\u00d3 POR UNANIMIDAD LA PROPUESTA DE LA JUNTA DE COORDINACI\u00d3N POL\u00cdTICA PARA INTEGRAR LA COMISI\u00d3N ESPECIAL QUE SUSTANCIAR\u00c1 EL PROCEDIMIENTO PARA DESIGNAR AL CONTRALOR INTERNO DE\u00a0 LA COMISI\u00d3N ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DE SAN LUIS POTOS\u00cd.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>San Luis Potos\u00ed.- En sesi\u00f3n ordinaria el pleno de la LXII Legislatura aprob\u00f3 por mayor\u00eda, con 19 votos a favor y 5 abstenciones,\u00a0 un punto de acuerdo presentado por la diputada Alejandra Vald\u00e9s Mart\u00ednez para exhortar a la Secretar\u00eda de Salud del Gobierno del Estado que rinda informe sobre los resultados de la implementaci\u00f3n de la NOM-046-SSA2-2005 Violencia Familiar, Sexual y contra las Mujeres relativos a la interrupci\u00f3n del embarazo por violaci\u00f3n, la garant\u00eda de contar con personal de salud no objetor de conciencia, as\u00ed como las medidas para garantizar los derechos humanos, en espec\u00edfico los derechos sexuales de las mujeres y el derecho a una vida libre de violencia.<\/p>\n<p>Lo anterior porque San Luis Potos\u00ed se encuentra entre las 13 entidades que se ubican por encima de la media nacional en la proporci\u00f3n de mujeres en situaci\u00f3n de violencia severa y muy severa, con 67.2 por ciento, y es que del 39 por ciento de las mujeres que dijo sufrir violencia de pareja, el 42.1 por ciento sufri\u00f3 violencia severa y 25.1 por ciento violencia muy severa, con base en datos de la Encuesta Nacional sobre la Din\u00e1mica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) realizada por el Instituto Nacional de Geograf\u00eda y Estad\u00edstica (INEGI).<\/p>\n<p>Por ello, resulta fundamental conocer el estado que guarda la implementaci\u00f3n de la NOM-046 en materia de violencia sexual contra las ni\u00f1as y las adolescentes en el Estado de San Luis Potos\u00ed. Esto debido a que entre las medidas de justicia y reparaci\u00f3n que propuso la CONAVIM (Comisi\u00f3n Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres) a la hora de emitir la declaratoria de Alerta de Violencia de G\u00e9nero, solicit\u00f3 con car\u00e1cter de indispensable llevar a cabo un mapeo de los delitos cometidos en contra de mujeres, particularmente, de los feminicidios, homicidios dolosos de mujeres, violencia sexual.<\/p>\n<p>Contar con datos duros, relacionados con la implementaci\u00f3n de estrategias en materia de salud sexual, que permitan a las mujeres v\u00edctimas de violencias sexual acceder a interrupciones libres, informadas y sin criminalizaci\u00f3n, es un derecho sexual de todas las mujeres potosinas.<\/p>\n<p>En el punto de acuerdo aprobado se se\u00f1ala que desde hace un par de a\u00f1os, seis municipios de San Luis Potos\u00ed cuentan con la declaratoria Alerta de Violencia de G\u00e9nero activada. Este hecho se deriva de la creciente documentaci\u00f3n de actos que ponen en riesgo y vulnerabilidad frente al sistema machista. Al respecto, de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Din\u00e1mica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) realizada por el Instituto Nacional de Geograf\u00eda y Estad\u00edstica (INEGI) es en las relaciones de pareja donde se ejerce m\u00e1s violencia en contra de la mujer y con mayor severidad.<\/p>\n<p>El abuso sexual en ni\u00f1as y adolescentes en San Luis Potos\u00ed, de acuerdo con informaci\u00f3n de la Fiscal\u00eda Especializadas en Atenci\u00f3n a la Mujer, la Familia y los Delitos Sexuales, es una de las situaciones que m\u00e1s preocupan son los casos de embarazos adolescentes, sobre todo en el caso de violaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Despu\u00e9s de este asunto, fue aprobado un punto de acuerdo presentado por el legislador Rolando Hervert Lara \u00a0para que el Congreso del Estado exhorte al Ayuntamiento de San Luis Potos\u00ed, por conducto de su Presidente Xavier Nava Palacios, para que: Primero. Informe a esta Soberan\u00eda, qu\u00e9 acciones se han emprendido para determinar y en su caso sancionar, las posibles responsabilidades administrativas y\/o penales con motivo del contrato de \u201cRehabilitaci\u00f3n de la Calzada Fray Diego de la Magdalena\u201d signado por el municipio con fecha 26 de diciembre de 2017. Y\u00a0 Segundo. Cu\u00e1les son las acciones y en su caso, los resultados para buscar la recuperaci\u00f3n de los recursos p\u00fablicos pagados y no devengados con motivo de dicho contrato.<\/p>\n<p>En el punto de acuerdo aprobado se se\u00f1ala que el 26 de diciembre de 2017, el Ayuntamiento de San Luis Potos\u00ed celebr\u00f3 contrato de obra p\u00fablica a precios unitarios y tiempo determinado con un consorcio de empresas representadas por SARQO SERVICIOS DE ARQUITECTURA Y CONSTRUCCI\u00d3N, S.A. DE C.V.<\/p>\n<p>Dicho contrato fue el resultado de una adjudicaci\u00f3n directa, luego de que se declarara desierto por dos ocasiones el proceso de licitaci\u00f3n de la obra.<\/p>\n<p>La obra que deber\u00eda llevar a cabo era la \u201cRehabilitaci\u00f3n de la Calzada Fray Diego de la Magdalena\u201d en el tramo comprendido entre la calle Santa Rosa y la Calle 13.<\/p>\n<p>El costo de los trabajos, de acuerdo con el contrato fue de $225\u00b4836,781.12 (doscientos veinticinco millones ochocientos treinta y seis mil setecientos ochenta y un pesos 12\/100 M.N.), de los cuales 130 millones corresponden al Ramo XXIII PEF.<\/p>\n<p>El 25 de septiembre de 2018, a menos de una semana para el relevo de gobierno,\u00a0 la autoridad municipal decidi\u00f3 dar marcha atr\u00e1s a un procedimiento de rescisi\u00f3n, y en su lugar determin\u00f3 que el contratista no incurri\u00f3 en causales de rescisi\u00f3n, por lo que orden\u00f3 iniciar el procedimiento administrativo de terminaci\u00f3n anticipada y\u00a0 proceder al finiquito correspondiente, del fallido contrato de obra p\u00fablica.<\/p>\n<p>Hasta aqu\u00ed, parecer\u00eda una situaci\u00f3n sin mayores observaciones; sin embargo, la obra no se realiz\u00f3 \u2013 es decir, no existe; como tampoco existe la evidencia de la devoluci\u00f3n de recursos que no fueron aplicados o devengados por la empresa a la que se adjudic\u00f3 la obra.<\/p>\n<p>Existen adem\u00e1s, subcontrataciones de fecha 27 de diciembre de 2017 (un d\u00eda despu\u00e9s de la firma del contrato) por servicios relacionados con infraestructura el\u00e9ctrica, semaforizaci\u00f3n, se\u00f1al\u00e9tica, estructuras met\u00e1licas, an\u00e1lisis de laboratorio en mec\u00e1nica de suelos y topograf\u00eda, construcci\u00f3n de drenajes, \u00a0construcci\u00f3n de banquetas, cimbra y colados, servicios especializados de acarreo de material, construcci\u00f3n de terraplenes, pailer\u00eda de acero, \u00a0arrendamiento de maquinaria y equipo.<\/p>\n<p>Es decir, en dos ocasiones se declar\u00f3 desierta la licitaci\u00f3n, bajo el argumento de que las empresas concursantes no cumpl\u00edan con requerimientos t\u00e9cnicos suficientes. S\u00f3lo para despu\u00e9s, adjudicar a una empresa distinta, la que al celebrar subcontratos para hacer pr\u00e1cticamente toda la obra, pone de manifiesto, que no ten\u00eda la capacidad para ejecutarla.<\/p>\n<p>Por ello, es de vital importancia que desde este Congreso, exijamos en el caso que se expone, que se nos d\u00e9 una explicaci\u00f3n de todas las circunstancias alrededor de este contrato, desde su inicio y hasta su finiquito; sostiene el punto de acuerdo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>DICT\u00c1MENES<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Se aprob\u00f3 por unanimidad reformar la fracci\u00f3n\u00a0 XI del art\u00edculo 35 de la Ley de Fomento al Desarrollo Rural Sustentable del Estado de San Luis Potos\u00ed, con el objetivo de incluir a las mujeres y j\u00f3venes de la entidad en los Programas Especiales Concurrentes con la finalidad de acceder a apoyos mediante el fomento de figuras asociativas, que les permitan su integraci\u00f3n al desarrollo rural sustentable del Estado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Con ello se brindar\u00e1 a las mujeres y j\u00f3venes de la entidad la oportunidad de acceder a otros tipos de apoyo mediante el fomento de figuras asociativas, para combatir el corporativismo estatal as\u00ed como poder tener acceso a programas federales con apoyos gubernamentales, y ser sujetos de cr\u00e9dito, estableciendo un verdadero r\u00e9gimen especial de econom\u00eda popular o social, de acuerdo a las pol\u00edticas p\u00fablicas orientadas a la generaci\u00f3n y diversificaci\u00f3n de empleo, y a garantizar a la poblaci\u00f3n rural el bienestar y su participaci\u00f3n e incorporaci\u00f3n al desarrollo estatal, dando prioridad a las zonas de alta y muy alta marginaci\u00f3n y a las comunidades econ\u00f3mica y socialmente marginadas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Con esta reforma, \u00a0la fracci\u00f3n\u00a0 XI del art\u00edculo 35 de la Ley de Fomento al Desarrollo Rural Sustentable del Estado de San Luis Potos\u00ed \u00a0establecer\u00e1:<\/p>\n<p>Impulso a la cultura y al desarrollo de las formas espec\u00edficas de organizaci\u00f3n social y\/o econ\u00f3mica, constituidos en figuras asociativas, con la capacidad productiva de los pueblos ind\u00edgenas, unidades productivas familiares y grupos de trabajo de\u00a0 mujeres y j\u00f3venes rurales particularmente para su integraci\u00f3n al desarrollo rural sustentable del Estado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Fue aprobado por unanimidad reformar la Ley Estatal de Protecci\u00f3n a los Animales, con el objetivo de establecer que se deber\u00e1 suministrar a las mascotas, conforme a su especie, atenci\u00f3n m\u00e9dica preventiva y, en caso de enfermedad, brindar la atenci\u00f3n m\u00e9dica ordenada por un m\u00e9dico veterinario previa valoraci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>As\u00ed como adoptar las medidas necesarias para garantizar el trato digno y con respeto, atendiendo a lo establecido en los Tratados Internacionales, las normas ambientales, y las normas oficiales mexicanas, para evitar dolor, deterioro f\u00edsico o sufrimiento, durante su posesi\u00f3n o propiedad, as\u00ed como en el adiestramiento o sacrificio.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Se aprob\u00f3 por unanimidad reformar el C\u00f3digo de Procedimientos Civiles para el Estado de San Luis Potos\u00ed, a fin de establecer precisiones en materia de notificaciones y, con ello, no dejar lugar para interpretaciones.<\/p>\n<p>La notificaci\u00f3n es una de las formalidades m\u00e1s importantes en el procedimiento, y \u00e9sta se define como el acto mediante el que se pone en conocimiento de las partes o de terceros, el contenido de una determinaci\u00f3n judicial, que tiene por objeto, asegurar la vigencia del principio de contradicci\u00f3n y establecer un punto de partida para el c\u00f3mputo de los plazos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>As\u00ed pues, es pertinente precisar que tal acto de comunicaci\u00f3n est\u00e1 destinado a crear un estado de conocimiento en su destinatario; aunque, la producci\u00f3n de los efectos jur\u00eddicos ligados a ellos, depende de que dicho conocimiento se haya logrado efectivamente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para materializar la plena producci\u00f3n de los efectos jur\u00eddicos por los actos de comunicaci\u00f3n, se necesita que su realizaci\u00f3n sea v\u00e1lida, es decir, que se practiquen en cumplimiento a los requisitos previstos en las leyes, situaci\u00f3n que se estima de vital importancia considerando que por regla general, trat\u00e1ndose de notificaciones por c\u00e9dula, estrados, o internet, los plazos empiezan a correr desde el d\u00eda siguiente a aquel en que surta efectos la notificaci\u00f3n correspondiente. Y, en el caso de las notificaciones personales, al momento en que se practican, por lo que se modifica el C\u00f3digo Procesal Civil para el Estado; se\u00f1ala el dictamen aprobado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Fue aprobado por mayor\u00eda, con 14 votos a favor y 13 en contra, el dictamen que \u00a0NO aprueba la Minuta con Proyecto de Decreto por la que se reforma el art\u00edculo 19 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de prisi\u00f3n preventiva oficiosa, enviada por la C\u00e1mara de Diputados del Honorable Congreso de la Uni\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Entre los razonamientos por los que no se aprob\u00f3 esta reforma se encuentran: 1. Como lo establece el art\u00edculo 9.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol\u00edticos, ratificado por M\u00e9xico en el marco de las Naciones Unidas el 23 de marzo de 1981, la prisi\u00f3n preventiva de las personas que hayan de ser juzgadas no debe de ser la regla general.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>De la misma manera, las reglas m\u00ednimas de las Naciones Unidas sobre las medidas no privativas de la libertad, (Reglas de Tokio), adoptadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resoluci\u00f3n 45\/110, el 14 de diciembre de 1990 establecen en su art\u00edculo 6o. que en el procedimiento penal s\u00f3lo se recurrir\u00e1 a la prisi\u00f3n preventiva como \u00faltimo recurso, teniendo debidamente en cuenta la investigaci\u00f3n del supuesto delito y la protecci\u00f3n de la sociedad y de la v\u00edctima.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>La ampliaci\u00f3n de la aplicaci\u00f3n de la prisi\u00f3n preventiva oficiosa es una salida falsa que descansa en la suposici\u00f3n, que quienes roban combustible, que quienes portan armas, quienes cometen delitos electorales y los corruptos, dejar\u00e1n de serlo solamente por encarcelarlos un tiempo o que esta situaci\u00f3n disuadir\u00e1 a quienes delinquen con ellos. Esto se interpreta como si el nuevo gobierno quisiera facilitarse el camino para la persecuci\u00f3n pol\u00edtica de quienes no concuerdan con \u00e9l.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Cualquier medida que implique ampliar la prisi\u00f3n oficiosa es una regresi\u00f3n en materia de derechos humanos, no s\u00f3lo porque se incluyan m\u00e1s delitos en el cat\u00e1logo, sino porque se limita al juez a decretar en autom\u00e1tico una medida cautelar de prisi\u00f3n sin que este tenga la libertad para analizar si es necesaria o no.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n ha sostenido que a partir de la reforma constitucional en materia de derechos humanos, en el 2011, la regresi\u00f3n en la garant\u00eda de un derecho \u00fanicamente puede ser v\u00e1lida, \u201ccuando esta\u0301 en juego la garant\u00eda de los diversos derechos humanos reconocidos por nuestro sistema jur\u00eddico, ya que \u00e9stos, en tanto son normas que expresan el reconocimiento de principios de justicia de la m\u00e1xima importancia moral, que tienen prioridad&#8230; frente a cualquier otro objetivo social o colectivo, pues en una sociedad liberal y democr\u00e1tica estos \u00faltimos tienen solamente valor instrumental y no final, como los derechos humanos\u201d.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li>El diagn\u00f3stico hecho por el representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en M\u00e9xico sobre la situaci\u00f3n de los derechos humanos en nuestro pa\u00eds se\u00f1al\u00f3 que un sistema id\u00f3neo de justicia penal es aquel que se basa exclusivamente en normas jur\u00eddicas y no en criterios de conveniencia u oportunidad pol\u00edtica, sancionando a las y a los responsables de los delitos, garantizando que las personas inocentes no sean condenadas igualmente.; entre otros razonamientos.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Se aprob\u00f3 por mayor\u00eda, con 12 votos a favor, 7 en contra y 6 abstenciones, \u00a0requerir a la Junta de Coordinaci\u00f3n Pol\u00edtica que, en breve t\u00e9rmino, formule propuesta para integrar la Comisi\u00f3n Especial que Sustanciar\u00e1 el Procedimiento de Elecci\u00f3n\u00a0 del\u00a0 Contralor Interno de la Comisi\u00f3n Estatal de Derechos Humanos (CEDH).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Fueron aprobados los dict\u00e1menes que desecharon por improcedentes las iniciativas que buscaban derogar la fracci\u00f3n V del art\u00edculo 64 de la Ley de Hacienda para el Estado de San Luis Potos\u00ed; y reformar los art\u00edculos 60, 102, 103 y 106 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones P\u00fablicas del Estado de San Luis Potos\u00ed.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>No fue aprobado, con 12 votos a favor y 14 en contra, un punto de acuerdo presentado por el diputado Rub\u00e9n Guajardo Barrera que buscaba exhortar al C. Juan Manuel Carreras L\u00f3pez, Gobernador Constitucional del Estado, a efectos de que proceda al nombramiento del titular de la Consejer\u00eda Jur\u00eddica del Estado, en t\u00e9rminos de lo dispuesto por\u00a0 los art\u00edculos 87 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de San Luis Potos\u00ed y 45 BIS de la Ley Org\u00e1nica de la Administraci\u00f3n P\u00fablica del Estado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Tampoco fue aprobado, con 11 votos a favor y 13 en contra,\u00a0 un punto de acuerdo presentado por la diputada Marite Hern\u00e1ndez Correa que pretend\u00eda\u00a0 que el Congreso del Estado exhortara al\u00a0 Ayuntamiento de Soledad de Graciano S\u00e1nchez a velar y garantizar que las juntas vecinales de mejoras, sean una forma permanente de participaci\u00f3n ciudadana, constituyendo un escal\u00f3n inmediato de representaci\u00f3n social ante el gobierno.\u00a0 As\u00ed como a regularizar y resarcir el proceso de elecci\u00f3n de las juntas vecinales de mejoras, para lo cual deber\u00e1 publicar y dar difusi\u00f3n a la convocatoria correspondiente en todas y cada una de las colonias pertenecientes al municipio, para llevar a cabo las asambleas conforme a derecho y democr\u00e1ticamente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En la sesi\u00f3n \u00a0tambi\u00e9n se turn\u00f3 a las comisiones legislativas respectivas diversa correspondencia enviada por Poder Legislativo; dem\u00e1s Poderes del Estado; entes aut\u00f3nomos y paraestatal; ayuntamientos; entes federales aut\u00f3nomos; Poderes de otras entidades del pa\u00eds; Particulares e Iniciativas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>COMISI\u00d3N ESPECIAL QUE SUSTANCIAR\u00c1 EL PROCEDIMIENTO PARA DESIGNAR AL CONTRALOR INTERNO DE\u00a0 LA COMISI\u00d3N ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DE SAN LUIS POTOS\u00cd.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En asuntos generales, se aprob\u00f3 por unanimidad la propuesta de la Junta de Coordinaci\u00f3n Pol\u00edtica para integrar la Comisi\u00f3n Especial que sustanciar\u00e1 el procedimiento para designar al Contralor Interno de\u00a0 la Comisi\u00f3n Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potos\u00ed.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Esta comisi\u00f3n qued\u00f3 integrada por las diputadas y diputados: Rolando Hervert Lara, presidente; Beatriz Eugenia Benavente Rodr\u00edguez,\u00a0\u00a0 vicepresidenta; Marite Hern\u00e1ndez Correa, secretaria;\u00a0 Ang\u00e9lica Mendoza Camacho\u00a0 y C\u00e1ndido Ochoa Rojas, vocales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Despu\u00e9s de su elecci\u00f3n, las legisladoras y legisladores mencionados rindieron protesta de ley para desempe\u00f1ar el cargo conferido.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Antes, no se aprob\u00f3, con 9 votos a favor, 13 en contra y 1 abstenci\u00f3n,\u00a0 un punto de acuerdo que present\u00f3 la diputada Beatriz Eugenia Benavente Rodr\u00edguez que buscaba que el \u00a0Congreso del Estado de San Luis Potos\u00ed exhortara respetuosamente al Titular del Poder Ejecutivo de la Rep\u00fablica, Licenciado Andr\u00e9s Manuel L\u00f3pez Obrador, para que en la designaci\u00f3n del mando de la Guardia Nacional, se respete la literalidad y el esp\u00edritu de la reforma constitucional que cre\u00f3 la Guardia Nacional y como consecuencia, se respete \u00edntegramente la naturaleza civil de dicha instituci\u00f3n estipulada en la Constituci\u00f3n y que, por lo tanto, el nombramiento de su mando bajo ninguna circunstancia recaiga en un militar, con independencia de si se encuentra en activo o retirado de sus funciones castrenses.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Cabe se\u00f1alar que una parte de la sesi\u00f3n ordinaria p\u00fablica del pleno del Congreso del Estado se realiz\u00f3 de manera privada, luego de que manifestantes alteraran el orden p\u00fablico en el interior del recinto.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Con base a lo que establece el art\u00edculo 39 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de San Luis Potos\u00ed: Si se altera el orden p\u00fablico en el interior del recinto del Congreso, el Presidente, de acuerdo a las circunstancias, y a su consideraci\u00f3n y criterio, podr\u00e1 actuar de la siguiente manera: I. Suspender la sesi\u00f3n de manera temporal para restaurar el orden. II. Suspenderla de forma definitiva para continuarla de manera privada, la diputada Sonia Mendoza D\u00edaz, presidenta de la Directiva, opt\u00f3 por esta \u00faltima.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Agotados los asuntos agendados se cit\u00f3 al pleno de la LXII Legislatura a sesionar a partir de las 10 horas del lunes 15 de abril del a\u00f1o 2019 en el sal\u00f3n \u201cPonciano Arriaga Leija\u201d ubicado en la sede del Congreso del Estado de Jard\u00edn Hidalgo n\u00famero 19.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; -APRUEBAN PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR AL AYUNTAMIENTO CAPITALINO LAS ACCIONES QUE HA EMPRENDIDO PARA DETERMINAR Y EN SU CASO SANCIONAR, LAS POSIBLES RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS Y\/O PENALES CON MOTIVO DEL CONTRATO DE \u201cREHABILITACI\u00d3N DE LA CALZADA FRAY DIEGO DE LA MAGDALENA\u201d. -SE APROB\u00d3 POR &hellip; <\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":33619,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[7,23,11,4,5],"tags":[],"class_list":["post-34858","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ciudad","category-congreso","category-estado","category-inicio","category-politica"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/34858","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=34858"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/34858\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":34859,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/34858\/revisions\/34859"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media\/33619"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=34858"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=34858"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=34858"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}