{"id":3989,"date":"2013-07-02T15:44:59","date_gmt":"2013-07-02T21:44:59","guid":{"rendered":"http:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/2013\/07\/02\/diputados-designan-a-yolanda-esparza-camacho-nueva-comisionada-numeraria-de-la-cegaip\/"},"modified":"2013-07-02T15:44:59","modified_gmt":"2013-07-02T21:44:59","slug":"diputados-designan-a-yolanda-esparza-camacho-nueva-comisionada-numeraria-de-la-cegaip","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/diputados-designan-a-yolanda-esparza-camacho-nueva-comisionada-numeraria-de-la-cegaip\/","title":{"rendered":"DIPUTADOS DESIGNAN A YOLANDA ESPARZA CAMACHO NUEVA COMISIONADA NUMERARIA DE LA CEGAIP"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">\n<p style=\"text-align: justify;\">En sesi\u00f3n ordinaria el pleno del Congreso del Estado eligi\u00f3 por mayor\u00eda calificada, \u00a0con 19 votos a favor, \u00a0a Yolanda Esperanza Camacho Zapata como nueva comisionada numeraria de la Comisi\u00f3n Estatal de Garant\u00eda de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica (CEGAIP) para el periodo comprendido del uno de julio de 2013 al 30 de junio de 2017, con fundamento en lo dispuesto por el art\u00edculo 88 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica del Estado de San Luis Potos\u00ed, debido a que cumpli\u00f3 con \u00a0la totalidad de los requisitos estipulados por la ley en la materia, la convocatoria respectiva y demostr\u00f3 tener conocimiento, aptitud, capacidad e idoneidad para acceder al cargo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">Camacho Zapata, quien fue electa comisionada numeraria en una quinta ronda de votaci\u00f3n, ocupar\u00e1 la vacante generada por conclusi\u00f3n del cargo de la comisionada numeraria de la CEGAIP, Gerardina Ortiz Mac\u00edas, a partir del d\u00eda uno de julio del a\u00f1o 2013.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">Las comisiones de Gobernaci\u00f3n; y Transparencia y Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica, fueron las encargadas de presentar ante el pleno del Congreso del Estado el dictamen con proyecto de decreto para la elecci\u00f3n del nuevo comisionado numerario de la CEGAIP, el cual incluy\u00f3 a los 12 aspirantes que cumplieron con la totalidad de los requisitos estipulados por la ley en la materia y la convocatoria respectiva para este proceso.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">Los 12 candidatos a ocupar el cargo de comisionado (a) numerario (a) \u00a0de la CEGAIP fueron los ciudadanos: Jos\u00e9 Jes\u00fas Sierra Acu\u00f1a; Yolanda Esperanza Camacho Zapata; Mariano Agust\u00edn Olgu\u00edn Huerta (quien en la quinta ronda de votaci\u00f3n obtuvo 1 voto a favor); Claudia Elizabeth \u00c1valos Cedillo (quien en la quinta ronda de votaci\u00f3n obtuvo 5 votos a favor); Lizbeth Lara Tovar; C\u00e9sar Jes\u00fas Porras Flores; Mar\u00eda Cristina Tonatzin Guti\u00e9rrez Mendoza; Silvia del Carmen Mart\u00ednez M\u00e9ndez; \u00c1ngel Gonzalo Santiago Hern\u00e1ndez; Ra\u00fal Gerardo Onofre Quilant\u00e1n; Oscar Iv\u00e1n Le\u00f3n Calvo y Mauricio Vladimir Barberena S\u00e1nchez. <\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">En el dictamen aprobado se recuerda que con fecha 18 de octubre de 2007, fue publicado en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado el Decreto Legislativo 234 por el que se expidi\u00f3 la Ley de Transparencia y Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica del Estado de San Luis Potos\u00ed. El art\u00edculo 90 de la ley en cita previno que:<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">\u201cARTICULO 90. Los comisionados durar\u00e1n en su cargo cuatro a\u00f1os, y en ese lapso, s\u00f3lo podr\u00e1n ser removidos por las causas y a trav\u00e9s de los procedimientos establecidos en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado, y de conformidad con la Ley de Responsabilidades de los Servidores P\u00fablicos del Estado y Municipios de San Luis Potos\u00ed.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">El cargo de comisionado es de tiempo completo, e incompatible con cualquier otro empleo; con las excepciones a que se refiere el art\u00edculo 132 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado.\u201d<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">En cumplimiento de lo establecido por los art\u00edculos 17 BIS p\u00e1rrafo quinto, de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado; y 88, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica vigente en la entidad, esta Soberan\u00eda, por conducto de las comisiones de Gobernaci\u00f3n; y Transparencia y Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica, convoc\u00f3 p\u00fablicamente a la ciudadan\u00eda a participar, mediante la presentaci\u00f3n de solicitudes y propuestas, en el procedimiento para la elecci\u00f3n de la persona que ocupar\u00e1 el cargo de comisionada o comisionado numerario de la Comisi\u00f3n Estatal de Garant\u00eda de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica \u00a0(CEGAIP) de San Luis Potos\u00ed.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">Como resultado de la convocatoria p\u00fablica emitida por este Congreso Constitucional, durante el per\u00edodo de recepci\u00f3n del lunes 27 al viernes 31 de mayo de 2013, se recibieron un total de trece solicitudes y propuestas.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">En sesi\u00f3n de comisiones unidas de Gobernaci\u00f3n; y Transparencia y Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica, del tres de junio de 2013, de conformidad con la base tercera de la convocatoria p\u00fablica referida se procedi\u00f3 a la revisi\u00f3n de las solicitudes y propuestas recibidas y dem\u00e1s instrumentos acompa\u00f1ados a efecto de verificar el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad establecidos en el art\u00edculo 89 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica del Estado, y los se\u00f1alados en la base segunda de la citada convocatoria. Como resultado de la revisi\u00f3n practicada, por acuerdo de misma fecha, las comisiones tuvieron por inscritas para participar en el procedimiento de elecci\u00f3n a doce personas, en virtud de haber cumplido con la totalidad de las formalidades exigidas por la ley y convocatoria respectiva.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">Que en cumplimiento de lo establecido por la base QUINTA de la convocatoria relativa, el \u00a0martes 11 de junio de 2013, se llev\u00f3 a cabo reuni\u00f3n p\u00fablica en la que se recibi\u00f3, en forma individual, a los doce participantes inscritos en el procedimiento de elecci\u00f3n. <\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">El desahogo de esta etapa se desarroll\u00f3 al amparo de los principios de igualdad y libertad, en la que cada uno de los participantes tuvo la oportunidad, durante el t\u00e9rmino de quince minutos, de exponer su proyecto de trabajo, propuestas, motivos y dem\u00e1s argumentos que estimaron pertinentes, respecto del cargo al que se aspira.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">Este ejercicio aport\u00f3 a legisladoras y legisladores de las comisiones dictaminadoras, elementos objetivos de conocimiento y convicci\u00f3n de gran val\u00eda que concatenados con los dem\u00e1s instrumentos documentales exhibidos por los participantes permitieron arribar a la propuesta contenida en el resolutivo de este dictamen; pues la trayectoria acad\u00e9mica, experiencia laboral, motivos expuestos de idoneidad al cargo, proyecto de trabajo, y conocimiento demostrado por las personas en esta \u00faltima etapa del procedimiento, revelan en forma contundente la capacidad, aptitud e idoneidad de los participantes, con relaci\u00f3n al cargo al que se aspira; haci\u00e9ndose con ello patente la observancia del principio de acceso al cargo por oposici\u00f3n, extremo previsto por el dispositivo 88 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica del Estado de San Luis Potos\u00ed. <\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">Despu\u00e9s de su elecci\u00f3n, Yolanda Esperanza Camacho Zapata ser\u00e1 notificada y citada en el recinto legislativo con el fin de que rinda protesta de ley de su cargo ante el pleno \u00a0del Congreso del Estado este domingo 30 de junio del a\u00f1o en curso, de conformidad con el art\u00edculo 134 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado Libre y Soberano de San Luis Potos\u00ed.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">En otro punto de la orden del d\u00eda, fue aprobado por unanimidad el dictamen con proyecto de decreto que present\u00f3 la Comisi\u00f3n de Puntos Constitucionales que reforma y adiciona m\u00faltiples disposiciones de y a la Ley Electoral del Estado de San Luis Potos\u00ed, con el objetivo de incorporar las candidaturas independientes.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">Lo anterior, en cumplimiento al Decreto Legislativo publicado en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el 9 de agosto de 2012, por virtud del cual se modificaron diversas estipulaciones constitucionales en materia electoral, espec\u00edficamente sobre la inclusi\u00f3n de la figura de las candidaturas ciudadanas, lo cual es \u00a0parte toral del progreso de la democracia en nuestro pa\u00eds.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">En el dictamen aprobado se se\u00f1ala que con base en el estudio de experiencias comparadas y de nuestra realidad, se determinan los derechos y prerrogativas a las que, de ser el caso, tendr\u00e1n derecho los candidatos independientes, as\u00ed como sus obligaciones. Asimismo, la reforma y adici\u00f3n de y a diversos dispositivos de la Ley Electoral del Estado, dota a las autoridades electorales, administrativas y jurisdiccionales, de las normas aplicables para las actividades de campa\u00f1a de los candidatos independientes, as\u00ed como de su aparici\u00f3n en la boleta electoral, y el cumplimiento riguroso de sus obligaciones, en especial, en lo relativo a transparencia de su financiamiento y gasto, y a la debida rendici\u00f3n de cuentas. <\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">Con el ajuste la norma local en materia electoral, se establecen requisitos de naturaleza cualitativa y cuantitativa a satisfacer por quienes pretendan registro bajo esta nueva modalidad. En lo cualitativo, se asocia a la presentaci\u00f3n de una plataforma electoral relativa a la demarcaci\u00f3n y cargo por el que se pretende competir y, en su caso, de una propuesta de gobierno; reglas que permiten definir responsabilidades y responsables para el cumplimiento de obligaciones y el ejercicio de derechos a que estar\u00e1n sujetos los candidatos independientes, entre otros aspectos. <\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">En lo cuantitativo, los aspirantes a registrarse como candidatos independientes deber\u00e1n comprobar, de manera fehaciente, contar con el respaldo de por lo menos el dos por ciento de los ciudadanos inscritos en el padr\u00f3n electoral o lista nominal de la demarcaci\u00f3n que corresponda al cargo por el que pretenden registro. A esos requisitos, se deber\u00e1n a\u00f1adir los relativos a una adecuada distribuci\u00f3n territorial del respaldo ciudadano. <\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">Con la reforma aprobada se contemplar\u00e1 en la legislaci\u00f3n local que los ciudadanos podr\u00e1n participar como candidatos independientes a los cargos de elecci\u00f3n popular de Gobernador, diputados por el principio de mayor\u00eda relativa, as\u00ed como planillas de mayor\u00eda relativa y listas de regidores de representaci\u00f3n proporcional para la conformaci\u00f3n de los ayuntamientos, siempre que atiendan las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias establecidas al efecto, los criterios o acuerdos que emitan las autoridades electorales competentes, y resulten seleccionados conforme al procedimiento previsto en esta ley. <\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">Los candidatos independientes registrados en las modalidades a que se refiere este art\u00edculo, en ning\u00fan caso ser\u00e1n asignados a ocupar los cargos de diputados por el principio de representaci\u00f3n proporcional. Los ciudadanos que aspiren a participar como candidatos independientes en las elecciones de que se trate, deber\u00e1n satisfacer, adem\u00e1s de los requisitos se\u00f1alados por la Constituci\u00f3n Particular, los siguientes:<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">Estar inscritos en el listado nominal correspondiente, y contar con la credencial para votar vigente; no ser presidente del Comit\u00e9 Ejecutivo, Nacional, Estatal, municipal o su equivalente, de un partido pol\u00edtico, antes del inicio del proceso electoral de que se trate, y Cumplir con los requisitos exigidos por el presente Ordenamiento para la elecci\u00f3n de candidatos independientes.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">El financiamiento p\u00fablico o privado autorizado, que ejerzan los candidatos independientes, ser\u00e1 estrictamente obtenido y erogado en los t\u00e9rminos previstos en este T\u00edtulo, seg\u00fan la modalidad de elecci\u00f3n de que se trate.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">De aprobarse el registro de candidatos independientes, el Consejo dar\u00e1 aviso, en un plazo no mayor a setenta y dos horas siguientes, a la instancia respectiva del Instituto Federal Electoral, por lo que refiere al acceso de dichos candidatos a los tiempos de radio y televisi\u00f3n, mismo que atender\u00e1 a las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias en la materia; entre otros preceptos. <\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">Fue aprobada por \u00a0mayor\u00eda, con 22 votos a favor, 1 abstenci\u00f3n, 1 voto en contra y 1 voto nulo, la propuesta de la Junta de Coordinaci\u00f3n Pol\u00edtica para integrar la Comisi\u00f3n Especial para la Reforma Electoral del Estado con los diputados: Fernando P\u00e9rez Espinosa, presidente; Eugenio Guadalupe Govea Arcos, vicepresidente; Jorge Alejandro Vera Noyola, secretario; y Juan Jos\u00e9 Jover Navarro, Alfonso D\u00edaz de Le\u00f3n Guill\u00e9n, Ja\u00e9n Castilla Jonguitud, Francisco Mart\u00ednez Ibarra y Juan Pablo Escobar Mart\u00ednez como vocales. <\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">Despu\u00e9s de su elecci\u00f3n, los legisladores mencionados rindieron la protesta de ley correspondiente. <\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">Se aprob\u00f3 por unanimidad el dictamen con proyecto de decreto que present\u00f3 la Comisi\u00f3n de Educaci\u00f3n, Cultura, Ciencia y Tecnolog\u00eda que reforma la Ley de Educaci\u00f3n del Estado de San Luis Potos\u00ed y la Ley Estatal del Deporte, con la finalidad de establecer que se obliga a las autoridades educativas, as\u00ed como las instituciones educativas a conceder un veinte por ciento del total de las becas otorgadas a los alumnos y maestros que destaquen por un buen rendimiento deportivo o sean considerados como deportistas de alto rendimiento. <\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">Por lo tanto, se adiciona un capitulo que se le denomina \u201cDe las Becas Deportivas\u201d que le otorga la funci\u00f3n \u00a0al Instituto Potosino del Deporte para que lleve a cabo los lineamientos para otorgar dichos est\u00edmulos. \u00c9stas se entregar\u00e1n a deportistas oriundos del Estado o que tengan su residencia o realicen sus estudios en el mismo, y adem\u00e1s de no participar en el deporte profesional, lo anterior como un reconocimiento a su dedicaci\u00f3n, desempe\u00f1o y logros deportivos, promoviendo el crecimiento de talentos deportivos en nuestro Estado.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">En el dictamen aprobado los legisladores de la comisi\u00f3n mencionada se\u00f1ala que est\u00e1n \u00a0convencidos que lograr\u00e1n propiciar con estas reformas que los estudiantes en situaci\u00f3n econ\u00f3mica desfavorable y con aspiraci\u00f3n de superarse puedan continuar estudiando y \u00a0con ello combatan el gran problema de la deserci\u00f3n \u00a0escolar que existe en San Luis Potos\u00ed.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Fue aprobado por unanimidad el dictamen con proyecto de decreto que presentaron las comisiones de Derechos Humanos, Equidad y G\u00e9nero; Salud y Asistencia Social; y Puntos Constitucionales \u00a0que reforma diversas disposiciones de la Ley de las Personas Adultas Mayores para el Estado de San Luis Potos\u00ed.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">Con el objetivo de que nuestras leyes e instituciones se vean dotadas de protecci\u00f3n hacia el adulto mayor.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">Se aprob\u00f3 por mayor\u00eda, con 25 votos \u00a0a favor \u00a0y 1 voto en contra, el dictamen con proyecto de decreto que presentaron las comisiones Primera; y Segunda de Hacienda y Desarrollo Municipal \u00a0que reforma el p\u00e1rrafo primero del art\u00edculo 22 de la Ley de Hacienda para los Municipios de San Luis Potos\u00ed, a fin de establecer que los predios que nunca hayan sido manifestados, ni est\u00e9n registrados en los padrones respectivos, deber\u00e1n pagar el impuesto correspondiente a los cinco a\u00f1os anteriores a la fecha en que fuere descubierta la omisi\u00f3n; excepto los inmuebles que se titulen mediante programas de regularizaci\u00f3n llevados a cabo por instituciones, municipales, estatales, o federales, en cuyo caso se cubrir\u00e1 el importe de dos a\u00f1os y seis meses del impuesto predial que corresponda.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">Fue rechazado por mayor\u00eda, con 10 votos a favor y 15 en contra, el dictamen con proyecto de decreto que presentaron las comisiones de Desarrollo Territorial Sustentable; Primera; \u00a0y Segunda de Hacienda y Desarrollo Municipal; y Hacienda del Estado que pretend\u00eda reformar la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de San Luis Potos\u00ed y Ley de Hacienda para los Municipios de San Luis Potos\u00ed para establecer que para brindar al ciudadano el derecho para realizar subdivisiones en superfices de terreno mayores a 5,000 m2 era necesaria esta modificaci\u00f3n \u00a0para que el \u00e1rea de la donaci\u00f3n sea \u00fanicamente para los fraccionamientos, e imponer alguna obligaci\u00f3n a quien subdivide a trav\u00e9s del pago de un derecho, exceptuando a los predios destinados a la explotaci\u00f3n agropecuaria. Sin embargo, este dictamen no fue rechazado y no se aprob\u00f3 a favor. <\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">Se aprob\u00f3 por unanimidad el dictamen con proyecto de decreto que presentaron las comisiones de Desarrollo Territorial Sustentable; y Gobernaci\u00f3n, que autoriza al ayuntamiento de Rioverde donar predio al Centro de Atenci\u00f3n a las V\u00edctimas del Delito para construir centro de justicia para mujeres. <\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">Fue aprobado por unanimidad el dictamen con proyecto de decreto que presentaron las comisiones de Desarrollo Territorial Sustentable; y Gobernaci\u00f3n que autoriza al ayuntamiento de Rioverde donar predios a los Servicios de Salud del Estado, para construir centro de salud. <\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">La legislatura aprob\u00f3 por unanimidad el dictamen con proyecto de resoluci\u00f3n que present\u00f3 la Comisi\u00f3n de Derechos Humanos, Equidad y G\u00e9nero que contempla \u00a0un exhorto \u00a0para que el Congreso del Estado exhorte al Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, y a la delegaci\u00f3n estatal, eficientar tr\u00e1mites para la obtenci\u00f3n de tarjeta INAPAM, as\u00ed como adecuar instalaciones a fin de evitar detrimento de condiciones f\u00edsicas y salud de los adultos mayores. <\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">De igual forma, fue aprobada por \u00a0mayor\u00eda, con 24 votos \u00a0a favor y 1 voto nulo, \u00a0la propuesta de la Junta de Coordinaci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0que ha de funcionar durante el receso del Congreso del Estado, del uno de julio al 14 de septiembre del a\u00f1o 2013, la cual qued\u00f3 integrada por los diputados: Jorge Aurelio \u00c1lvarez Cruz, presidente; \u00a0Jorge Alejandro Vera Noyola, vicepresidente; J. Ram\u00f3n Guardiola Mart\u00ednez, secretario; Rub\u00e9n Guajardo Barrera, primer vocal; \u00a0Federico \u00c1ngel Badillo Anguiano, segundo vocal; Jos\u00e9 Francisco Mart\u00ednez Ibarra y Ja\u00e9n Castilla Jonguitud como suplentes. <\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">Despu\u00e9s de su elecci\u00f3n, los legisladores mencionados rindieron la protesta de ley correspondiente. <\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">Al inicio de la sesi\u00f3n ordinaria el pleno del Congreso del Estado turn\u00f3 a las comisiones legislativas respectivas diversa correspondencia enviada por ayuntamientos; as\u00ed como iniciativas. <\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">Agotados los asuntos agendados se cit\u00f3 al pleno del Congreso del Estado a sesi\u00f3n solemne, para la protesta de ley a la comisionada numeraria de la CEGAIP y clausura del Segundo Periodo Ordinario correspondiente al Primer A\u00f1o de Ejercicio Lega de la LX Legislatura, \u00a0a partir de las 10 horas del domingo 30 de junio del a\u00f1o en curso en el sal\u00f3n \u201cPonciano Arriaga Leija\u201d. <\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.3em;\">Posteriormente a la clausura del Segundo Periodo Ordinario, se realizar\u00e1 la sesi\u00f3n de instalaci\u00f3n de la Diputaci\u00f3n Permanente.<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En sesi\u00f3n ordinaria el pleno del Congreso del Estado eligi\u00f3 por mayor\u00eda calificada, \u00a0con 19 votos a favor, \u00a0a Yolanda Esperanza Camacho Zapata como nueva comisionada numeraria de la Comisi\u00f3n Estatal de Garant\u00eda de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica (CEGAIP) para el periodo comprendido del &hellip; <\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":3988,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[23],"tags":[],"class_list":["post-3989","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-congreso"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3989","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3989"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3989\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3988"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3989"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3989"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3989"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}