{"id":41276,"date":"2019-11-14T21:02:03","date_gmt":"2019-11-15T03:02:03","guid":{"rendered":"http:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/?p=41276"},"modified":"2019-11-14T21:02:03","modified_gmt":"2019-11-15T03:02:03","slug":"pleno-del-congreso-del-estado-aprueba-los-informes-de-auditoria-de-cuentas-publicas-del-ejercicio-fiscal-2018-presentados-por-la-ase","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/pleno-del-congreso-del-estado-aprueba-los-informes-de-auditoria-de-cuentas-publicas-del-ejercicio-fiscal-2018-presentados-por-la-ase\/","title":{"rendered":"Pleno del congreso del estado aprueba los informes de auditor\u00eda de cuentas p\u00fablicas del ejercicio fiscal 2018, presentados por la ASE.  \u00a0"},"content":{"rendered":"<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>-APRUEBAN PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR A LOS MUNICIPIOS CON ALERTA DE VIOLENCIA DE G\u00c9NERO A QUE INFORMEN SOBRE LAS ACCIONES PARA LA PREVENCI\u00d3N DE VIOLENCIA EN CONTRA DE LA MUJER Y FEMINICIDIOS.<\/strong><\/p>\n<p>San Luis Potos\u00ed.- En Sesi\u00f3n Ordinaria, fueron presentados al pleno para su votaci\u00f3n los dict\u00e1menes relacionados a los informes de cuentas p\u00fablicas de los 113 informes de auditor\u00eda, general e individuales, de las cuentas p\u00fablicas del ejercicio fiscal 2018, que contempla los 3 Poderes del Estado, 58 ayuntamientos, 22 organismos de agua potable, 6 organismos aut\u00f3nomos, 22 sistemas municipales DIF; y la reposici\u00f3n de auditor\u00eda de cuenta p\u00fablica 2016 del municipio de \u00c9bano.<\/p>\n<p>En el informe general, se indica que la Auditor\u00eda Superior del Estado, tomo como universo de fiscalizaci\u00f3n, la cantidad de 15 mil 032 millones 018 mil 897 pesos, distribuidos de la siguiente manera:<\/p>\n<p>Los 3 Poderes del Estado por un monto de $6,594\u2019410,662; los 58 Ayuntamientos por un monto de $6,561\u00b4945,965; 22 Organismos Municipales Operadores de Agua Potable y\/o de Vivienda\u00a0 $1,127\u2019262,438; 6 Organismos Aut\u00f3nomos $499\u2019792,640; 22 Sistemas Municipales DIF $130\u2019786,260.00; y la Reposici\u00f3n de Auditoria de la cuenta p\u00fablica 2016 de \u00c9bano por \u00a0$117\u2019820,932.07<\/p>\n<p>Del universo de recursos fiscalizables en el proceso de planeaci\u00f3n, se determin\u00f3 una muestra que fue objeto de revisi\u00f3n por un importe de $12 mil 601 millones 440 mil 773 pesos, distribuidos de la siguiente manera:<\/p>\n<p>Los 3 Poderes del Estado por un monto de\u00a0 $5,192\u2019561,954; los 58\u00a0 Ayuntamientos por un monto\u00a0 $5,973\u2019676,293; los 22\u00a0 Organismos Municipales Operadores de Agua Potable y\/o de Vivienda $818\u2019113,134; los 6 Organismos Aut\u00f3nomos por un monto $423\u2019095,894; los 22 Sistemas Municipales DIF por un monto de $119\u2019127,921; y la\u00a0 Reposici\u00f3n de la Auditoria de la cuenta p\u00fablica 2016 de \u00c9bano, por\u00a0 $74\u2019865,577.20<\/p>\n<p>Se indica que la revisi\u00f3n globalizada de recursos fiscalizados represent\u00f3 el 83.83%, del total de los recursos que eran posibles de fiscalizar. Se considera que este porcentaje de revisi\u00f3n es altamente representativo toda vez que implica que 4.20 de cada 5 pesos fueron auditados.<\/p>\n<p>En el Informe General se establece que la Auditoria Superior del Estado, llev\u00f3 a cabo 16 Auditor\u00edas de Desempe\u00f1o, enfocadas a programas presupuestarios, debido a que constituyen la categor\u00eda y estructura program\u00e1tica que organiza en forma representativa y homog\u00e9nea, la asignaci\u00f3n de recursos y del gasto p\u00fablico para el cumplimiento de los objetivos y metas, lo cual considera el gasto no programable, mismas que en su totalidad fueron aplicadas a los\u00a0 Ayuntamientos.<\/p>\n<p>Para la fiscalizaci\u00f3n superior de las cuentas p\u00fablicas correspondientes al ejercicio fiscal 2018, as\u00ed como de la cuenta p\u00fablica del ejercicio fiscal 2016 objeto de reposici\u00f3n, fueron practicadas un total de 262 auditor\u00edas, de las cuales 243 fueron de car\u00e1cter financiero y de cumplimiento, 3 auditor\u00edas\u00a0 financieras con enfoque a desempe\u00f1o y 16 auditor\u00edas de desempe\u00f1o.<\/p>\n<p>El informe establece, que como resultado de las auditor\u00edas tanto financieras como de cumplimiento, fueron notificadas 5,090 acciones; $2\u2019453,913 de resarcimientos; 1000 pliegos de observaciones; $897\u2019846,572 en pliegos de observaciones, lo que corresponde a un 7.11% observado de acuerdo a la muestra auditada; 151 solicitudes de aclaraci\u00f3n por un importe de $190\u2019391,102; 164 promociones del ejercicio de facultades de comprobaci\u00f3n fiscal; adem\u00e1s de 2,309 procedimientos de responsabilidades administrativas y 210 recomendaciones a los entes auditables.<\/p>\n<p>En cuanto a notificaciones, se presentaron 455 a los Poderes del Estado; 3815 a los Ayuntamientos; 399 a los Organismos Municipales Operadores de Agua Potable y\/o de Vivienda y Planeaci\u00f3n; 50 a los Organismos Aut\u00f3nomos; y 371 a los Sistemas Municipales DIF.<\/p>\n<p>Lo anterior indica que pr\u00e1cticamente 7.5 de cada 10 observaciones fueron notificadas a los Ayuntamientos del Estado. Sin embargo, si se considera que tanto los organismos municipales operadores de agua, de vivienda, de planeaci\u00f3n y los sistemas municipales del sistema integral de la familia pertenecen a ese mismo nivel de gobierno, 9 de cada 10 observaciones corresponden a ese \u00e1mbito gubernamental<\/p>\n<p>De acuerdo con el informe general, de las 5,090 acciones notificadas se generaron los siguientes resultados:<\/p>\n<p>Resarcimientos de recursos por un monto de $2\u2019453,933 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA Y TRES PESOS), que representa el 12.38% con relaci\u00f3n al 2017, en el cual se recuperaron $19,\u00a0 815,894 (DIECINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS QUINCE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS).<\/p>\n<p>Se emitieron un total de 1000 pliegos de observaciones por un monto de $897\u2019846,572 (OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS PESOS) contra\u00a0 607 pliegos de observaciones del ejercicio 2017 por un monto de $719,883,296 (SETECIENTOS DIECINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS).<\/p>\n<p>Se indica que fueron observados en forma general el 7.13% del total de los recursos fiscalizados.<\/p>\n<p>Con base en el Informe General de Auditoria, las principales razones por las cuales los recursos fiscalizados fueron observados, son las siguientes:<\/p>\n<p>Con relaci\u00f3n a las auditor\u00edas financieras y de cumplimiento: La Ley de Adquisiciones no considera conceptos por la contrataci\u00f3n de servicios y arrendamientos, diferentes a los relacionados con bienes muebles. En el Informe General de la Cuenta P\u00fablica 2017 se hizo la sugerencia correspondiente al Congreso del Estado.<\/p>\n<p>Se presentaron casos de proveedores y contratista no localizados para verificaci\u00f3n en el domicilio fiscal del Comprobante Fiscal Digital (CFDI).<\/p>\n<p>En lo que corresponde a la auditor\u00eda practicada al Poder Ejecutivo, no fueron proporcionados por la Contralor\u00eda General del Estado, los mapas de administraci\u00f3n de riesgos, as\u00ed como los reportes semestrales y\/o anuales de comportamiento de los riesgos de cada una de las instituciones de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Estatal.<\/p>\n<p>Con relaci\u00f3n a las auditor\u00edas de desempe\u00f1o:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Derivado de las auditor\u00edas a las Entidades Fiscalizadas que integran la Administraci\u00f3n P\u00fablica Estatal, se identific\u00f3 que la Contralor\u00eda General del Estado no llev\u00f3 a cabo la verificaci\u00f3n peri\u00f3dica de los resultados de la ejecuci\u00f3n de los programas y presupuestos, con base en el sistema de evaluaci\u00f3n del desempe\u00f1o, de conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 79 la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del Estado y Municipios de San Luis Potos\u00ed; en particular se omite el seguimiento y la evaluaci\u00f3n a los programas presupuestarios que las Entidades comprometen mediante la Ley del Presupuesto de Egresos del Estado.<\/p>\n<p>Omisi\u00f3n por desconocimiento de las principales obligaciones legales con relaci\u00f3n a la implementaci\u00f3n del Presupuesto basado en Resultados.<\/p>\n<p>Las administraciones municipales que atendieron las auditor\u00edas iniciaron su gesti\u00f3n en octubre de 2018, por lo cual, no conocen los antecedentes y el estado de algunos aspectos sustantivos de la administraci\u00f3n.<\/p>\n<p>Insuficiencia en los expedientes que deber\u00edan contener informaci\u00f3n relevante, principalmente la relacionada con los planes y programas, as\u00ed como su avance y cumplimiento.<\/p>\n<p>Deficiencias en la integraci\u00f3n de los programas con el presupuesto y la contabilidad.<\/p>\n<p>Por ende y con el fin de atender a los riesgos mencionados, los resultados contenidos en los Informes Individuales se emitieron con base en evidencia suficiente, competente, pertinente y relevante.<\/p>\n<p>El Informe General presentado por la Auditor\u00eda Superior del Estado,\u00a0 incluye las principales \u00e1reas vulnerables que a su consideraci\u00f3n podr\u00edan afectar la operaci\u00f3n de las entidades fiscalizadas.<\/p>\n<p>Con relaci\u00f3n a las auditor\u00edas financieras y de cumplimiento:<\/p>\n<p>La informaci\u00f3n financiera no presenta cifras confiables derivado de la falta de depuraci\u00f3n y consolidaci\u00f3n de cuentas contables, as\u00ed como el seguimiento de las normas t\u00e9cnicas en el registro de las operaciones.<\/p>\n<p>Falta de identificaci\u00f3n precisa por ejercicio fiscal en la aplicaci\u00f3n de fondos incluyendo remanentes, en la generaci\u00f3n de los programas de obra p\u00fablica.<\/p>\n<p>Falta de planeaci\u00f3n, supervisi\u00f3n y seguimiento de los proyectos de obra p\u00fablica, que ocasionan incrementos en el monto de inversi\u00f3n y plazos de ejecuci\u00f3n.<\/p>\n<p>Las claves presupuestarias con las se registran los movimientos presupuestales en la contabilidad, no cumplen con lo dispuesto en los lineamientos del Consejo Nacional de Armonizaci\u00f3n Contable (CONAC); en particular, no se apegan a las clasificaciones correspondientes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los fideicomisos en los que ejecutan los programas y proyectos de inversi\u00f3n, las entidades fiscalizadas, no se apegan al acuerdo en materia de consolidaci\u00f3n de los estados financieros y dem\u00e1s informaci\u00f3n contable, emitido por el Consejo Nacional de Armonizaci\u00f3n Contable.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para atender\u00a0 cada una de las situaciones descritas, a trav\u00e9s de los Informes Individuales la Auditor\u00eda Superior del Estado emiti\u00f3 las observaciones y recomendaciones que permitir\u00e1n atenderlas adecuadamente.<\/p>\n<p>Como resultado del proceso de fiscalizaci\u00f3n superior, se realizaron 151 solicitudes de aclaraci\u00f3n; 164 promociones de ejercicio de facultad de comprobaci\u00f3n\u00a0 fiscal y 2,966 promociones de inicio de procedimientos de responsabilidad administrativa sancionatoria, adem\u00e1s de 809 recomendaciones.<\/p>\n<p>Resumen de los resultados de la fiscalizaci\u00f3n del gasto, de las participaciones federales, de los recursos transferidos y la evaluaci\u00f3n de la deuda.<\/p>\n<p>El Sistema Nacional de Fiscalizaci\u00f3n es presidido de manera dual por la Auditor\u00eda Superior de la Federaci\u00f3n y la Secretar\u00eda de la Funci\u00f3n P\u00fablica Federal; en particular, la ASF orienta los esfuerzos en el pa\u00eds por reducir la fragmentaci\u00f3n y evitar la duplicidad en la fiscalizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En el caso de la deuda p\u00fablica estatal, la Auditor\u00eda Superior de la Federaci\u00f3n llev\u00f3 a cabo la auditor\u00eda n\u00famero 1264-GB-GF denominada \u201cCumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios\u201d al Gobierno del Estado de San Luis Potos\u00ed.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Dicha auditor\u00eda tuvo como objetivos, entre otros:<\/p>\n<p>Validar el cumplimiento a la normativa.<\/p>\n<p>Comprobar que los Ingresos Excedentes derivados de Ingresos de Libre Disposici\u00f3n de la Entidad Fiscalizada, sean destinados a los conceptos previstos.<\/p>\n<p>La congruencia entre los Saldos de la Deuda P\u00fablica.<\/p>\n<p>Verificar la Informaci\u00f3n Financiera y las cifras reportadas en la Cuenta P\u00fablica del Poder Ejecutivo del Estado del ejercicio fiscal 2018 en el que no se contrat\u00f3 deuda adicional a la existente.<\/p>\n<p>Verificar que los Financiamientos y Obligaciones se encuentran publicados en la P\u00e1gina Oficial de Internet y en su respectiva Cuenta P\u00fablica del ejercicio fiscal 2018; as\u00ed como los Informes Trimestrales sobre el Ejercicio y Destino de los Recursos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Antes de la votaci\u00f3n, los diputados Edgardo Hern\u00e1ndez Contreras, Marite Hern\u00e1ndez Correa, Sonia Mendoza D\u00edaz, Eugenio Govea Arcos, Oscar Vera Fabregat y Mar\u00eda Isabel Gonz\u00e1lez Tovar, Edson Quintanar manifestaron su voto en contra de los informes, ya que consideraron que no se cont\u00f3 con el tiempo suficiente para la revisi\u00f3n puntual de los mismos, y existen dudas en las auditor\u00edas practicadas por la ASE, adem\u00e1s de inconsistencias en las observaciones.<\/p>\n<p>El diputado Jos\u00e9 Antonio Zapata, presidente de la Comisi\u00f3n de Vigilancia dijo que los informes contemplan la realizaci\u00f3n de las auditorias financieras, de cumplimiento y de desempe\u00f1o, las cuales se realizaron de acuerdo a lo establecido en la legislaci\u00f3n respectiva,\u00a0 de acuerdo a lo establecido en la ley, y se cont\u00f3 con el apoyo de la Unidad de Evaluaci\u00f3n y Control para presentar los dict\u00e1menes sobre los informes de las cuentas.<\/p>\n<p>En el mismo sentido, la diputada Laura Patricia Silva Celis, reafirm\u00f3 que el trabajo realizado por la Comisi\u00f3n de Vigilancia estuvo apegado a las disposiciones legales, y la Auditor\u00eda Superior del Estado debe continuar con el proceso respectivo en el desahogo de las observaciones de los entes obligados.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Informes de los Tres Poderes del Estado.<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Poder Ejecutivo<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Fue aprobado por mayor\u00eda de 14 votos a favor y 9 en contra, el informe individual de auditor\u00eda de la cuenta p\u00fablica ejercicio fiscal 2018 del Poder Ejecutivo del Estado, del cual se desprende que del proceso de fiscalizaci\u00f3n, se desprenden los siguientes resultados:<\/p>\n<p>1.-Secretar\u00eda General de Gobierno: no se determinaron observaciones a la entidad fiscalizada para la integraci\u00f3n de este informe.<\/p>\n<p>2.- Secretar\u00eda de Finanzas: Se determinaron 23 observaciones, de las cuales 2 fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integraci\u00f3n de este informe. Los 21 restantes generaron: 5 Recomendaciones, 2 Pliegos de Observaciones, 15 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.<\/p>\n<p>El monto del pliego de observaciones es por un importe de $203,533.00. Total de Resarcimiento: $ 0.00<\/p>\n<p>3.- Secretar\u00eda de Desarrollo Urbano, Vivienda y Obras P\u00fablicas: Se determinaron 59 observaciones, las cuales no fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integraci\u00f3n de este informe. Las observaciones generaron: 16 Pliegos de Observaciones, 42 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria, 1 Promoci\u00f3n del Ejercicio de la Facultad de Comprobaci\u00f3n Fiscal.<\/p>\n<p>El monto del pliego de observaciones es por un importe de $16,966,158.00. Total de Resarcimiento: $ 0.00<\/p>\n<p>Opini\u00f3n con salvedad: Con motivo de la auditor\u00eda practicada al Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potos\u00ed, correspondiente a la Cuenta P\u00fablica del ejercicio 2018, se determin\u00f3 fiscalizar un monto de $4,921,181,034 que representa el 78.7% del universo seleccionado por $3,871,322,172. La auditor\u00eda se practic\u00f3 sobre la informaci\u00f3n proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable, y se ejecut\u00f3 mediante pruebas selectivas que se estimaron necesarias, en consecuencia, existe una base razonable para sustentar la opini\u00f3n que se refiere s\u00f3lo a la muestra de las operaciones revisadas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Con base en lo establecido en el art\u00edculo 35, fracci\u00f3n I, de la Ley de Fiscalizaci\u00f3n y Rendici\u00f3n de Cuentas del Estado de San Luis Potos\u00ed, este \u00d3rgano de Fiscalizaci\u00f3n del Congreso del Estado de San Luis Potos\u00ed, considera que, en t\u00e9rminos generales y respecto de la muestra antes se\u00f1alada, el Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potos\u00ed, durante el periodo fiscalizado comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre del a\u00f1o 2018, cumpli\u00f3 razonablemente con las disposiciones normativas aplicables al fondo, respecto de las operaciones examinadas, excepto por los resultados con observaci\u00f3n que se precisan en el apartado correspondiente de este informe.<\/p>\n<p>4.- Secretar\u00eda de Desarrollo Agropecuario y Recursos Hidr\u00e1ulicos: Se determinaron 5 observaciones, de las cuales 3 fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integraci\u00f3n de este informe. Los 2 restantes generaron: 1 Recomendaci\u00f3n, 1 Promoci\u00f3n del Ejercicio de la Facultad de Comprobaci\u00f3n Fiscal.<\/p>\n<p>El monto del pliego de observaciones es por un importe de $ 0.00<\/p>\n<p>Total de Resarcimiento: $ 0.00<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>5.- Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n de Gobierno del Estado: Se determinaron 4 observaciones, de las cuales 2 fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integraci\u00f3n de este informe. Los 2 restantes generaron: 1 Promoci\u00f3n de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria, 1 Promoci\u00f3n del Ejercicio de la Facultad de Comprobaci\u00f3n Fiscal.<\/p>\n<p>El monto del pliego de observaciones es por un importe de $ 0.00<\/p>\n<p>Total de Resarcimiento: $ 0.00<\/p>\n<p>6.- Secretar\u00eda del Trabajo y Previsi\u00f3n Social: No se determinaron observaciones a la entidad fiscalizada para la integraci\u00f3n de este informe.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>7.- Secretar\u00eda de Cultura: Se determinaron 26 observaciones, las cuales no fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integraci\u00f3n de este informe. Las observaciones generaron: 23 Solicitudes de Aclaraci\u00f3n, 2 Pliegos de Observaciones, 1 Promoci\u00f3n de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.<\/p>\n<p>El monto del pliego de observaciones es por un importe de $4,068,430.00<\/p>\n<p>El monto de solicitud de aclaraci\u00f3n es por un importe de $29,191,627.00<\/p>\n<p>Total de Resarcimiento: $ 0.00<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>8.- Oficial\u00eda Mayor: Se determinaron 4 observaciones, las cuales no fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integraci\u00f3n de este informe. Las observaciones generaron: 2 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria, 2 Promociones del Ejercicio de la Facultad de Comprobaci\u00f3n Fiscal.<\/p>\n<p>El monto del pliego de observaciones es por un importe de $ 0.00<\/p>\n<p>Total de Resarcimiento: $ 0.00<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>9.- Coordinaci\u00f3n General de Comunicaci\u00f3n Social: Se determinaron 5 observaciones, de las cuales 2 fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integraci\u00f3n de este informe. Las 3 restantes generaron: 3 Recomendaciones.<\/p>\n<p>El monto del pliego de observaciones es por un importe de $ 0.00. Total de Resarcimiento: $ 0.00<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>10.- Secretar\u00eda de Seguridad P\u00fablica: Se determin\u00f3 1 observaci\u00f3n, de la cual 1 fue solventada por la entidad fiscalizada antes de la integraci\u00f3n de este informe.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>11.- Servicios de Salud de San Luis Potos\u00ed: Se determinaron 92 observaciones, de las cuales 14 fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integraci\u00f3n de este informe. Las 78 restantes generaron: 15 Recomendaciones, 22 Solicitudes de Aclaraci\u00f3n, 12 Pliegos de Observaciones, 25 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria, 4 Promociones del Ejercicio de la Facultad de Comprobaci\u00f3n Fiscal.<\/p>\n<p>El monto del pliego de observaciones es por un importe de $13,619,358.00. El monto de solicitud de aclaraci\u00f3n es por un importe de $50,372,624.00. Total de Resarcimiento: $ 0.00<\/p>\n<p>12.- Junta Estatal de Caminos: Se determinaron 21 observaciones, las cuales no fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integraci\u00f3n de este informe. Las observaciones generaron: 10 Pliegos de Observaciones, 10 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria, 1 Promoci\u00f3n del Ejercicio de la Facultad de Comprobaci\u00f3n Fiscal.<\/p>\n<p>El monto del pliego de observaciones es por un importe de $37,561,992.00<\/p>\n<p>Total de Resarcimiento: $ 0.00<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>13.- Comisi\u00f3n Estatal del Agua: Se determinaron 23 observaciones, las cuales no fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integraci\u00f3n de este informe. Las observaciones generaron: 2 Recomendaciones, 1 Solicitud de Aclaraci\u00f3n, 9 Pliegos de Observaciones, 8 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria, 3 Promociones del Ejercicio de la Facultad de Comprobaci\u00f3n Fiscal.<\/p>\n<p>El monto del pliego de observaciones es por un importe de $1,118,811.00<\/p>\n<p>El monto de solicitud de aclaraci\u00f3n es por un importe de $475,952.00<\/p>\n<p>Total de Resarcimiento: $ 0.00<\/p>\n<p>14.- Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia: Se determinaron 24 observaciones, de las cuales 8 fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integraci\u00f3n de este informe. Los 16 restantes generaron: 2 Solicitudes de Aclaraci\u00f3n, 5 Pliegos de Observaciones, 6 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria, 3 Promociones del Ejercicio de la Facultad de Comprobaci\u00f3n Fiscal.<\/p>\n<p>El monto del pliego de observaciones es por un importe de $65,849.00. El monto de solicitud de aclaraci\u00f3n es por un importe de $35,628.00<\/p>\n<p>Total de Resarcimiento: $ 0.00<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>15.- Instituto de Capacitaci\u00f3n para el Trabajo: Se determinaron 33 observaciones, las cuales no fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integraci\u00f3n de este informe<\/p>\n<p>Las observaciones generaron: 10 Recomendaciones, 6 Solicitudes de Aclaraci\u00f3n, 3 Pliegos de Observaciones, 14 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.<\/p>\n<p>El monto del pliego de observaciones es por un importe de $68,487.00. El monto de solicitud de aclaraci\u00f3n es por un importe de $846,482.00. Total de Resarcimiento: $ 0.00<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>16.- Instituto de Vivienda del Estado: Se determinaron 30 observaciones, las cuales no fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integraci\u00f3n de este informe. Las observaciones generaron: 5 Recomendaciones, 2 Solicitudes de Aclaraci\u00f3n, 10 Pliegos de Observaciones, 11 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria, 2 Promociones del Ejercicio de la Facultad de Comprobaci\u00f3n Fiscal.<\/p>\n<p>El monto del pliego de observaciones es por un importe de $4,045,681.00 . El monto de solicitud de aclaraci\u00f3n es por un importe de $3,147,690.00<\/p>\n<p>Total de Resarcimiento: $ 0.00<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>17.- Instituto de Cultura F\u00edsica y Deporte: Se determinaron 14 observaciones, las cuales no fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integraci\u00f3n de este informe. Las observaciones generaron: 11 Recomendaciones, 3 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.<\/p>\n<p>El monto del pliego de observaciones es por un importe de $ 0.00. Total de Resarcimiento: $ 0.00<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>18.- Universidad Intercultural: Se determinaron 6 observaciones, las cuales no fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integraci\u00f3n de este informe. Las observaciones generaron: 4 Recomendaciones, 2 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.<\/p>\n<p>El monto del pliego de observaciones es por un importe de $ 0.00<\/p>\n<p>Total de Resarcimiento: $ 0.00<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>19.- Centro de Justicia para las Mujeres del Estado de San Luis Potos\u00ed: Se determinaron 5 observaciones, las cuales no fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integraci\u00f3n de este informe. Las observaciones generaron: 3 Recomendaciones, 2 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.<\/p>\n<p>El monto del pliego de observaciones es por un importe de $ 0.0Total de Resarcimiento: $ 0.00<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>20.- Secretar\u00eda de Turismo: Se determinaron 3 observaciones, de las cuales 3 fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integraci\u00f3n de este informe.<\/p>\n<p>El monto del pliego de observaciones es por un importe de $ 0.00 Total de Resarcimiento: $ 0.00<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>21.- Centro de Producci\u00f3n Santa Rita, S.A. de C.V; Se determinaron 20 observaciones, de las cuales 4 fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integraci\u00f3n de este informe. Los 16 restantes generaron: 2 Recomendaciones, 5 Pliegos de Observaciones, 9 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.<\/p>\n<p>El monto del pliego de observaciones es por un importe de $445,232.00<\/p>\n<p>Total de Resarcimiento: $ 0.00<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En Resumen de observaciones y acciones: Se determinaron 398 observaciones, de las cuales 39 fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integraci\u00f3n de este informe Los 359 restantes generaron: 61 Recomendaciones, 54 Solicitudes de Aclaraci\u00f3n, 76 Pliegos de Observaciones, 151 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria, 18 Promociones del Ejercicio de la Facultad de Comprobaci\u00f3n Fiscal.<\/p>\n<p>El monto del pliego de observaciones es por un importe de $78,163,531.00<\/p>\n<p>El monto de solicitud de aclaraci\u00f3n es por un importe de $84,070,003.00<\/p>\n<p>Total de Resarcimiento: $ 0.00<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Dictamen:<\/p>\n<p>Opini\u00f3n con salvedad: Con motivo de la auditor\u00eda practicada al Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potos\u00ed, correspondiente a la Cuenta P\u00fablica del ejercicio 2018, se determin\u00f3 fiscalizar un monto de $4,921,181,034 que representa el 78.7% del universo seleccionado por $3,871,322,172. La auditor\u00eda se practic\u00f3 sobre la informaci\u00f3n proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable, y se ejecut\u00f3 mediante pruebas selectivas que se estimaron necesarias, en consecuencia, existe una base razonable para sustentar la opini\u00f3n que se refiere s\u00f3lo a la muestra de las operaciones revisadas.<\/p>\n<p>Con base en lo establecido en el art\u00edculo 35, fracci\u00f3n I, de la Ley de Fiscalizaci\u00f3n y Rendici\u00f3n de Cuentas del Estado de San Luis Potos\u00ed, este \u00d3rgano de Fiscalizaci\u00f3n del Congreso del Estado de San Luis Potos\u00ed, considera que, en t\u00e9rminos generales y respecto de la muestra antes se\u00f1alada, el Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potos\u00ed, durante el periodo fiscalizado comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre del a\u00f1o 2018, cumpli\u00f3 razonablemente con las disposiciones normativas aplicables al fondo, respecto de las operaciones examinadas, excepto por los resultados con observaci\u00f3n que se precisan en el apartado correspondiente de este informe.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En cuanto a las auditorias de desempe\u00f1o:<\/p>\n<p>Secretar\u00eda de Comunicaciones y Transportes: De la revisi\u00f3n a los instrumentos de planeaci\u00f3n, programaci\u00f3n, presupuestaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n, control y seguimiento, as\u00ed como al registro de los recursos destinados a los programas presupuestarios y a gasto de inversi\u00f3n, se determinaron 20 Recomendaciones, 1 Solicitud de Aclaraci\u00f3n y 2 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Secretar\u00eda de Desarrollo Econ\u00f3mico: De la revisi\u00f3n a los instrumentos de planeaci\u00f3n, programaci\u00f3n, presupuestaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n, control y seguimiento, as\u00ed como al registro de los recursos destinados a los programas presupuestarios y a gasto de inversi\u00f3n, se determinaron 24 recomendaciones y 6 solicitudes de aclaraci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Sistema de Financiamiento para el Desarrollo del Estado: De la revisi\u00f3n a los instrumentos de planeaci\u00f3n, programaci\u00f3n, presupuestaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n, control y seguimiento, as\u00ed como al registro de los recursos destinados a los programas presupuestarios y a gasto de inversi\u00f3n, se determinaron 14 recomendaciones y 1 solicitud de aclaraci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por ello, y con fundamento en lo prescrito por el art\u00edculo 54, p\u00e1rrafo tercero, de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de San Luis Potos\u00ed, se determina que el Informe Individual de Auditor\u00eda correspondiente al Poder Ejecutivo del Estado, S.L.P., emitido por la Auditor\u00eda Superior del Estado, como resultado de la fiscalizaci\u00f3n de la cuenta p\u00fablica del ejercicio fiscal 2018, fue realizado con apego a las disposiciones legales aplicables.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Poder Legislativo:<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por mayor\u00eda de 16 votos a favor, 1 abstenci\u00f3n y 6 votos en contra, fue aprobado el informe individual de auditor\u00eda de la cuenta p\u00fablica ejercicio fiscal 2018 del Poder Legislativo del Estado.<\/p>\n<p>Se indica que del proceso de fiscalizaci\u00f3n, se desprenden los siguientes resultados:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Se determinaron 21 observaciones, de las cuales 1 fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integraci\u00f3n de este informe. Las 20 restantes generaron: 2 Pliego de Observaciones, 5 Promoci\u00f3n de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria, 2 Promoci\u00f3n del Ejercicio de la Facultad de Comprobaci\u00f3n Fiscal, 11 Recomendaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El monto del pliego de observaciones es por un importe de $90,609.00.<\/p>\n<p>Total de Resarcimiento: $0.00<\/p>\n<p>Dictamen: Opini\u00f3n con salvedad Con motivo de la auditor\u00eda practicada al Poder Legislativo del Estado de San Luis Potos\u00ed, correspondiente a la Cuenta P\u00fablica del ejercicio 2018, se determin\u00f3 fiscalizar un monto de $183,248,834 que representa el 63.8 % del universo seleccionado por $287,432,202.<\/p>\n<p>La auditor\u00eda se practic\u00f3 sobre la informaci\u00f3n proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable, y se ejecut\u00f3 mediante pruebas selectivas que se estimaron necesarias, en consecuencia, existe una base razonable para sustentar la opini\u00f3n que se refiere s\u00f3lo a la muestra de las operaciones revisadas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por ello, con fundamento en lo prescrito por el art\u00edculo 54, p\u00e1rrafo tercero, de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de San Luis Potos\u00ed, se determina que el Informe Individual de Auditor\u00eda correspondiente al Poder Legislativo del Estado, S.L.P., emitido por la Auditor\u00eda Superior del Estado, como resultado de la fiscalizaci\u00f3n de la cuenta p\u00fablica del ejercicio fiscal 2018, fue realizado con apego a las disposiciones legales aplicables.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Poder Judicial del Estado.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Con 9 votos a favor, 1 abstenci\u00f3n, y 12 votos en contra, fue rechazado el informe individual de auditor\u00eda de la cuenta p\u00fablica 2018, del Poder Judicial del Estado, mismo que fue presentado en sentido negativo por la Comisi\u00f3n de Vigilancia, al considerar con fundamento en lo prescrito por el art\u00edculo 54, p\u00e1rrafo tercero, de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de San Luis Potos\u00ed, se determina que el Informe Individual de Auditor\u00eda correspondiente al Poder Judicial del Estado, emitido por la Auditor\u00eda Superior del Estado, como resultado de la fiscalizaci\u00f3n de la cuenta p\u00fablica del ejercicio fiscal 2018, que no fue realizado con apego a las disposiciones legales aplicables<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Se indica en el dictamen, que del proceso de fiscalizaci\u00f3n, se desprenden los siguientes resultados:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Se determinaron 16 observaciones, de las cuales 9 fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integraci\u00f3n de este informe.<\/p>\n<p>Las 7 restantes generaron: 1 Pliego de Observaciones, 4 Promoci\u00f3n de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria, 2 Recomendaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El monto del pliego de observaciones es por un importe de $1,554,136.00<\/p>\n<p>Total de Resarcimiento $ 0.00<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Dictamen: Opini\u00f3n limpia Con motivo de la auditor\u00eda practicada al Poder Judicial del Estado, correspondiente a la Cuenta P\u00fablica del ejercicio 2018, se determin\u00f3 fiscalizar un monto de $972,202,318 que representa el 85.3% del universo seleccionado por $1,140,199,225. La auditor\u00eda se practic\u00f3 sobre la informaci\u00f3n proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable, y se ejecut\u00f3 mediante pruebas selectivas que se estimaron necesarias, en consecuencia, existe una base razonable para sustentar la opini\u00f3n que se refiere s\u00f3lo a la muestra de las operaciones revisadas.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>58 Ayuntamientos.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por mayor\u00eda de votos de los diputados presentes, fueron aprobados los informes individuales de auditor\u00eda de la cuenta p\u00fablica del ejercicio fiscal 2018, de 57 ayuntamientos de la entidad: Ahualulco, Alaquines, Aquism\u00f3n, Armadillo de los Infante, Axtla de Terrzas, C\u00e1rdenas, Catorce, Cedral, Cerritos, Cerro de San Pedro, Charcas, Ciudad del Ma\u00edz, Ciudad Fern\u00e1ndez, Ciudad Valles, Coxtl\u00e1n, \u00c9bano, El Naranjo, Guadalcazar, Huehuetl\u00e1n, Lagunillas, Matehuala, Matlapa, Mexquitic de Carmona, Moctezuma, Ray\u00f3n, Rioverde, Salinas, San Antonio, San Ciro de Acosta, San Mart\u00edn Chalchicuautla, San Nicol\u00e1s Tolentino, San Vicente Tancuayalab, Santa Catarina, Santa Mar\u00eda del R\u00edo, Santo Domingo Soledad de Graciano S\u00e1nchez, Tamasopo, Tampac\u00e1n, Tampamol\u00f3n Corona, Tamu\u00edn, Tancanhuitz, Tanlaj\u00e1s, Tanqui\u00e1n de Escobedo, Tierra Nueva, Vanegas, Venado, Villa de Arista, Villa de Arriaga, Villa de Guadalupe, Villa de la Paz, Villa de Reyes, Villa Hidalgo, Vila Ju\u00e1rez, Xilitla, y Zaragoza.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los procedimientos de auditor\u00edas practicadas por la Auditor\u00eda Superior del Estado, incluyeron Recursos Fiscales y Participaciones Federales a Municipios; Recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISMDF); y el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUNDF).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En el caso del ayuntamiento de San Luis Potos\u00ed, por 7 votos a favor, 2 abstenciones y 12 votos en contra, fue rechazado el informe individual de la cuenta p\u00fablica del ejercicio fiscal 2018, mismo que fue presentado en sentido negativo por parte de la Comisi\u00f3n de Vigilancia, al considerar Con fundamento en lo prescrito por el art\u00edculo 54, p\u00e1rrafo tercero, de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de San Luis Potos\u00ed, se determina que el Informe Individual de Auditor\u00eda correspondiente al Ayuntamiento de San Luis Potos\u00ed, emitido por la Auditor\u00eda Superior del Estado, como resultado de la fiscalizaci\u00f3n de la cuenta p\u00fablica del ejercicio fiscal 2018, que no fue realizado con apego a las disposiciones legales aplicables.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Al respecto, el diputado Rolando Hervert Lara\u00a0 pidi\u00f3 en tribuna que la Auditor\u00eda Superior del Estado realice una ampliaci\u00f3n a la muestra auditada, ya que consider\u00f3 que existen suficientes indicios de mal ejercicio de los recursos p\u00fablicos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Dijo que las observaciones al municipio de San Luis Potos\u00ed son del orden de 248 millones de pesos, es decir, el 28 por ciento del monto revisado, y equivale al 27 por ciento del monto total observado en todo el estado.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n fueron aprobados por mayor\u00eda los informes individuales de 22 Organismos Municipales Operadores de Agua Potable y\/o Vivienda; 6 Organismos Aut\u00f3nomos; 22 Sistemas Municipales DIF y la Reposici\u00f3n de Auditoria de la cuenta p\u00fablica 2016 \u00c9bano.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Puntos de Acuerdo <\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Fue aprobado por unanimidad de 20 votos a favor, el Punto de Acuerdo avalado por los 27 diputados de la LXII Legislatura, y presentado en tribuna por la diputada Marite Hern\u00e1ndez Correa, para exhortar a los presidentes municipales de los ayuntamientos de: Ciudad Valles; Matehuala; San Luis Potos\u00ed; Soledad de Graciano S\u00e1nchez; Tamazunchale; y Tamu\u00edn, para que informen a esta Soberan\u00eda lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li>\u00bfQu\u00e9 acciones ordena el mecanismo de Alerta de Violencia de G\u00e9nero, al gobierno municipal que usted encabeza?<\/li>\n<li>\u00bfQu\u00e9 acciones ha implementado su gobierno? Especifique el nombre de la acci\u00f3n, en qu\u00e9 consiste esta, su objetivo, el avance en la implementaci\u00f3n de la misma, los resultados obtenidos hasta el momento, las fechas en que se inici\u00f3 la implementaci\u00f3n y en la que se plantea concluir dicha acci\u00f3n.<\/li>\n<li>\u00bfCon qu\u00e9 instituciones estatales se han coordinado para la atenci\u00f3n integral de las violencias contra las mujeres y ni\u00f1as en su municipio? Detalle las acciones coordinadas que han implementado, las fechas y los lugares en que se han desarrollado las mismas, as\u00ed como los resultados obtenidos.<\/li>\n<li>\u00bfCon qu\u00e9 instituciones del Gobierno Federal se han coordinado para la atenci\u00f3n integral de las violencias contra las mujeres y ni\u00f1as en su municipio? Describa las acciones coordinadas que han implementado, las fechas y los lugares en que se han desarrollado las mismas, as\u00ed como los resultados obtenidos.<\/li>\n<li>\u00bfQuienes integran los comit\u00e9s municipales, incluyendo instancias p\u00fablicas, sociedad civil, academia u organismos de derechos humanos? \u00bfCada cu\u00e1ndo sesionan y qu\u00e9 acciones se planean para 2020 seg\u00fan las necesidades identificadas en el municipio?<\/li>\n<li>\u00bfQu\u00e9 programas estatales o federales beneficiaron a su Municipio? \u00bfQu\u00e9 recursos econ\u00f3micos gestion\u00f3 el estado ante la CONAVIM para la ejecuci\u00f3n de proyectos espec\u00edficos para la Alerta de Violencia de G\u00e9nero contra las Mujeres?<\/li>\n<li>\u00bfA cu\u00e1nto asciende el presupuesto ejercido por su municipio respecto a las acciones derivadas de la Declaratoria de Alerta de Violencia de G\u00e9nero contra las Mujeres?<\/li>\n<li>\u00bfCu\u00e1les son los tipos y modalidades de violencia que se presentan en su municipio? \u00bfCu\u00e1les son los principales obst\u00e1culos para prevenirlos, atenderlos y erradicarlos?<\/li>\n<li>\u00bfCu\u00e1nto recurso municipal destina a programas y acciones para atender, sancionar, prevenir y erradicar la violencia contra mujeres?<\/li>\n<li>\u00bfDe qu\u00e9 manera se coordinan y articulan acciones con los sistemas municipales para la protecci\u00f3n integral del ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes, y cu\u00e1ntos recursos destina el municipio al funcionamiento del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n de Ni\u00f1as, Ni\u00f1os y Adolescentes municipal y su Secretar\u00eda Ejecutiva?<\/li>\n<\/ol>\n<p>Esto en virtud de que desde el 21 de junio de 2017 se encuentra vigente la Alerta de Violencia de G\u00e9nero en nuestro estado, y a pesar de ello, las violencias en contra de las mujeres han ido en aumento; la violencia feminicida sigue estando presente y terminando de manera por dem\u00e1s cruel con la vida de mujeres.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n fue aprobado por unanimidad de 20 votos a favor, el Punto de Acuerdo presentado por la diputada Martha Barajas para exhortar de manera respetuosa a los Titulares de las Secretar\u00edas de Salud Federal, del IMSS, ISSSTE y Secretar\u00eda de Salud del Gobierno del Estado, para que informen a est\u00e1 soberan\u00eda, sobre si existe situaci\u00f3n de desabasto de medicamentos en los centros de salud de su competencia, y en su caso las causas que lo han originado; as\u00ed como para que en caso de existir desabasto, realicen las acciones correspondientes, que permitan alcanzar la cobertura en salud, en los t\u00e9rminos del art\u00edculo 4\u00ba de la CPEUM.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>A la Comisi\u00f3n de Ecolog\u00eda y Medio Ambiente, fue turnado el Punto de Acuerdo presentado por el diputado Mario L\u00e1rraga Delgado,\u00a0 por el que el\u00a0 Congreso del Estado Libre y Soberano de San Luis Potos\u00ed, con pleno respeto a su autonom\u00eda municipal, exhorta a los cincuenta y ocho ayuntamientos del estado, a fin de elaborar y\/o modificar, aprobar y establecer los reglamentos de limpia p\u00fablica en cada municipio.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>A las diferentes comisiones legislativas, fueron turnadas las iniciativas presentadas por los legisladores de la LXII Legislatura, y el Gobernador del Estado; as\u00ed como la correspondencia enviada por los dem\u00e1s poderes del estado, los entes paraestatales y aut\u00f3nomos, ayuntamientos y organismos paramunicipales, el Poder Federal y particulares.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Agotados los asuntos,\u00a0 se cit\u00f3 a Sesi\u00f3n Ordinaria para el pr\u00f3ximo jueves 21 de noviembre de 2019, a las 10:00 horas en el sal\u00f3n Ponciano Arriaga Leija, de Jard\u00edn Hidalgo 19.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0 -APRUEBAN PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR A LOS MUNICIPIOS CON ALERTA DE VIOLENCIA DE G\u00c9NERO A QUE INFORMEN SOBRE LAS ACCIONES PARA LA PREVENCI\u00d3N DE VIOLENCIA EN CONTRA DE LA MUJER Y FEMINICIDIOS. 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