{"id":47693,"date":"2020-06-29T17:33:06","date_gmt":"2020-06-29T23:33:06","guid":{"rendered":"http:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/?p=47693"},"modified":"2020-06-29T17:33:06","modified_gmt":"2020-06-29T23:33:06","slug":"pleno-del-congreso-del-estado-aprobo-diversas-reformas-a-la-ley-de-salud-del-estado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/pleno-del-congreso-del-estado-aprobo-diversas-reformas-a-la-ley-de-salud-del-estado\/","title":{"rendered":"Pleno del congreso del estado, aprob\u00f3 diversas reformas a la Ley de Salud del estado.  \u00a0"},"content":{"rendered":"<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>-UNA DE ELLAS, GARANTIZA QUE TODAS LAS MUJERES A ESTAR ACOMPA\u00d1ADAS POR UNA PERSONA DE SU CONFIANZA DURANTE EL TRABAJO DE PARTO Y EL POSTPARTO, CON FINES DE APOYO PSICOL\u00d3GICO.<\/strong><\/p>\n<p><strong>-OTRA REFORMA ESTABLECE QUE LAS AUTORIDADES SANITARIAS ESTATALES, EDUCATIVAS Y LABORALES, DEBER\u00c1N REALIZAR ACCIONES RELACIONADAS CON LA ESTIMULACI\u00d3N TEMPRANA EN LOS MENORES DE CINCO A\u00d1OS.<\/strong><\/p>\n<p>San Luis Potos\u00ed.- Las diputadas y los diputados de la LXII Legislatura aprobaron en Sesi\u00f3n Ordinaria, por unanimidad de 26 votos a favor, la reforma al art\u00edculo 51 en sus fracciones, III, y IV; y adici\u00f3n a los art\u00edculos 51 la fracci\u00f3n V, y 51 Bis el p\u00e1rrafo segundo de la Ley de Salud del Estado de San Luis Potos\u00ed, para que dentro de las acciones de atenci\u00f3n materno-infantil que se realicen, se establezca, garantice y divulgue el derecho de todas las mujeres a estar acompa\u00f1adas por una persona de su confianza durante el trabajo de parto y el postparto, con fines de apoyo psicol\u00f3gico.<\/p>\n<p>Se indica adem\u00e1s, que los servicios p\u00fablicos de salud deben otorgar al menos cinco consultas prenatales para las mujeres embarazadas, independientemente de su derechohabiencia o afiliaci\u00f3n a cualquier esquema de aseguramiento, o ausencia de \u00e9ste.<\/p>\n<p>En la exposici\u00f3n de motivos de esta reforma, se indica que estas adecuaciones a la Ley de Salud del Estado, tienen como finalidad brindar apoyo a la mujer que se encuentra en el proceso de embarazo y, en su momento, en trabajo de parto para que pueda estar acompa\u00f1ada; se trata de una medida que ayudar\u00eda a mejorar la atenci\u00f3n materna, y en ese aspecto, existe la posibilidad de impactar positivamente tanto a nivel personal, de las madres e hijos, como en la salud p\u00fablica, ya que de acuerdo a la evidencia citada, los procedimientos de parto se pueden volver m\u00e1s sencillos al reducir los factores de riesgo relacionados a estr\u00e9s.<\/p>\n<p>Y, adem\u00e1s se establece un\u00a0 modelo de cinco consultas para mujeres\u00a0 embarazadas, para que se convierta en un instrumento \u00fatil para abatir la mortalidad materna en la Entidad, y un nuevo elemento del conjunto de pol\u00edticas enfocadas a ese fin.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n fue aprobada por mayor\u00eda de 19 votos a favor, 3 abstenciones y 2 votos en contra, la reforma al art\u00edculo 55 en su fracci\u00f3n V; y adici\u00f3n al mismo art\u00edculo 55 una fracci\u00f3n, \u00e9sta como VI, por lo que actual VI pasa a ser fracci\u00f3n VII, de la Ley de Salud del Estado de San Luis Potos\u00ed, para establecer que las autoridades sanitarias estatales, educativas y laborales, en sus respectivos \u00e1mbitos de competencia, apoyar\u00e1n y fomentar\u00e1n, entre otras, las acciones relacionadas con la estimulaci\u00f3n temprana en los menores de cinco\u00a0 a\u00f1os, a fin de potenciar sus capacidades de cognici\u00f3n, motriz, lenguaje y socio-emocional.<\/p>\n<p>Esto, en virtud de que los primeros cinco a\u00f1os de vida de toda persona son un periodo vital, donde la adaptaci\u00f3n del sistema nervioso y el cerebro determinan el desarrollo f\u00edsico y \u00a0psicol\u00f3gico posterior. Por ello se debe garantizar que las primeras experiencias con el \u00a0mundo exterior generen el m\u00e1ximo desarrollo de los potenciales y capacidades de las personas.<\/p>\n<p>Fue aprobada por mayor\u00eda de 25 votos a favor y 1 abstenci\u00f3n, \u00a0la reforma a los art\u00edculos 3\u00b0 en sus fracciones, XXXV, y XXXVI, 8\u00ba en sus \u00a0fracciones, III, y IV, y 330 en su fracci\u00f3n X; y adici\u00f3n a los art\u00edculos, 3\u00ba la fracci\u00f3n XXXVII, 4\u00ba la fracci\u00f3n LVIII BIS, y 8\u00ba la fracci\u00f3n V, de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de San Luis Potos\u00ed, en relaci\u00f3n a la nomenclatura vial, para homogenizar en todo el Estado los datos y las formas en que se deben de realizar las placas de identificaci\u00f3n de calles para que \u00e9stas cuenten con las mismas caracter\u00edsticas, lo anterior para mantener una buena imagen urbana y la identificaci\u00f3n f\u00e1cil de las calles y vialidades en beneficio de la ciudadan\u00eda.<\/p>\n<p>Fue aprobada por unanimidad de 27 votos a favor, la reforma al art\u00edculo 16 en su fracci\u00f3n XXVII; y adici\u00f3n al mismo \u00a0art\u00edculo 16 una fracci\u00f3n, \u00e9sta como XXVIII, por lo que actual XXVIII pasa a ser fracci\u00f3n \u00a0XXIX, de la Ley de Fiscalizaci\u00f3n y Rendici\u00f3n de Cuentas del Estado de San Luis Potos\u00ed, a fin de establecer un mecanismo para la ejecuci\u00f3n de auditor\u00edas en caso de \u00a0emergencia que impida a la Auditor\u00eda Superior del Estado cumplir con su objeto.<\/p>\n<p>As\u00ed, se indica que en caso de epidemia o peligro de invasi\u00f3n en el pa\u00eds o en el Estado, as\u00ed \u00a0como por caso fortuito o fuerza mayor que impida o limite el cumplimiento de su \u00a0funci\u00f3n fiscalizadora, llevar\u00e1 a cabo sus actuaciones mediante el uso de herramientas tecnol\u00f3gicas bajo la modalidad no presencial, esto es, a distancia, a trav\u00e9s de medios virtuales que permitan la comunicaci\u00f3n simult\u00e1nea con transmisi\u00f3n en tiempo real entre la Auditor\u00eda Superior del Estado y los entes auditables.<\/p>\n<p>Fue aprobado por mayor\u00eda de 26 votos a favor y una abstenci\u00f3n, el decreto que reforma los art\u00edculos, 8 en su fracci\u00f3n III el inciso o), y 15 en su fracci\u00f3n III, de la Ley de Desarrollo Social para el Estado y Municipios de San Luis Potos\u00ed, para incorporar dentro del Sistema Estatal de Desarrollo Social, y de su consejo consultivo, a los presidentes de la Comisi\u00f3n de Desarrollo Econ\u00f3mico y Social; y el Comit\u00e9 de Reforma para la Competitividad y Desarrollo Sustentable, entes pertenecientes al Congreso del Estado.<\/p>\n<p>Dicha disposici\u00f3n, lleva a la transversalidad de tal responsabilidad conforme transcurran las legislaturas siguientes, permitiendo el perfeccionamiento del trabajo legislativo en la estructura del desarrollo social mediante las distintas fuentes ideol\u00f3gicas y partidarias de donde provengan los legisladores que formen parte del Sistema.<\/p>\n<p>Fueron aprobados los Informes financieros del Honorable Congreso del Estado, de: marzo; abril; y mayo, del 2020.<\/p>\n<p>A las comisiones legislativas, fue turnada la correspondencia enviada por el propio Poder Legislativo, los ayuntamientos, poderes de otras entidades del pa\u00eds, y particulares; as\u00ed como las iniciativas presentadas por diputadas de la LXII Legislatura; e integrantes del Tribunal Electoral del Estado.<\/p>\n<p>En Asuntos Generales, participaron los diputados Edgardo Hern\u00e1ndez Contreras, Eugenio Govea, Rolando Hervert, Mauricio Ram\u00edrez Konishi, Edson Quintanar, Oscar Vera; y las diputadas Paola Arreola Nieto, Sonia Mendoza D\u00edaz, Isabel Gonz\u00e1lez, Alejandra Vald\u00e9s, Beatriz Benavente, Marite Hern\u00e1ndez, Ang\u00e9lica Mendoza, Patricia Silva, participaron sobre diversos temas.<\/p>\n<p>Agotados los asuntos, se cit\u00f3 a Sesi\u00f3n Ordinaria No. 71, presencial, en el Centro de Convenciones de San Luis Potos\u00ed, ma\u00f1ana lunes 29 de junio de 2020, a las 10:00 horas.<\/p>\n<p>&#8212;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; &nbsp; &nbsp; -UNA DE ELLAS, GARANTIZA QUE TODAS LAS MUJERES A ESTAR ACOMPA\u00d1ADAS POR UNA PERSONA DE SU CONFIANZA DURANTE EL TRABAJO DE PARTO Y EL POSTPARTO, CON FINES DE APOYO PSICOL\u00d3GICO. -OTRA REFORMA ESTABLECE QUE LAS AUTORIDADES SANITARIAS ESTATALES, EDUCATIVAS Y LABORALES, DEBER\u00c1N &hellip; <\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":47694,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[23,4],"tags":[],"class_list":["post-47693","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-congreso","category-inicio"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/47693","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=47693"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/47693\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":47695,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/47693\/revisions\/47695"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media\/47694"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=47693"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=47693"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=47693"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}