{"id":54450,"date":"2021-02-22T11:55:37","date_gmt":"2021-02-22T17:55:37","guid":{"rendered":"http:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/?p=54450"},"modified":"2021-02-22T11:55:37","modified_gmt":"2021-02-22T17:55:37","slug":"poder-judicial-del-estado-podra-celebrar-sesiones-a-distancia-mediante-el-uso-de-herramientas-tecnologicas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/poder-judicial-del-estado-podra-celebrar-sesiones-a-distancia-mediante-el-uso-de-herramientas-tecnologicas\/","title":{"rendered":"Poder judicial del estado podr\u00e1 celebrar sesiones a distancia mediante el uso de herramientas tecnol\u00f3gicas.  \u00a0"},"content":{"rendered":"<p><strong>-COMISI\u00d3N DE PUNTOS CONSTITUCIONALES APROB\u00d3 DICTAMEN PARA REFORMAR LA LEY ORG\u00c1NICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO.<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0&#8211;<\/strong><strong>IMPORTANTE HACER USO DE LA TECNOLOG\u00cdA PARA NO DETENER EL TRABAJO EN EL PODER JUDICIAL: DIP. BEATRIZ BENAVENTE RODR\u00cdGUEZ.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>San Luis Potos\u00ed.- En reuni\u00f3n de trabajo, la Comisi\u00f3n de Puntos Constitucionales aprob\u00f3 el dictamen para adicionar al art\u00edculo 12 el p\u00e1rrafo segundo de la Ley Org\u00e1nica del Poder Judicial del Estado.<\/p>\n<p>La propuesta, presentada por los magistrados del Poder Judicial, busca que las sesiones del Pleno del Supremo Tribunal de Justicia podr\u00e1n celebrarse a distancia, mediante el uso de herramientas tecnol\u00f3gicas, ante una emergencia o cuando el Pleno as\u00ed lo determine.<\/p>\n<p>La diputada Beatriz Benavente Rodr\u00edguez, vocal de la Comisi\u00f3n de Puntos Constitucionales, explic\u00f3 que \u201cla emergencia sanitaria que vive en pa\u00eds por el COVID-19, nos hizo reflexionar y nos ha obligado a hacer uso de la tecnolog\u00eda para que no se detenga el trabajo, sobre todo, en un asunto tan complicado y sensible como es la impartici\u00f3n de la justicia\u201d.<\/p>\n<p>El dictamen establece que, \u201cLas sesiones celebradas v\u00eda remota por los medios tecnol\u00f3gicos conducentes deber\u00e1n quedar \u00edntegramente videograbadas para efecto de ulterior consulta, de tales audiencias la Secretar\u00eda General del Supremo Tribunal de Justicia podr\u00e1 expedir a petici\u00f3n de autoridad o parte legitimada, copia certificada a trav\u00e9s del disco vers\u00e1til digital\u201d.<\/p>\n<p>Se indica que en virtud de la Contingencia Sanitaria predominante en la actualidad, mediante Acuerdo General Cuarto que suscribieron los Plenos del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, ante la declaratoria de emergencia sanitaria de fuerza mayor a la epidemia generada por el virus sarscov2 (COVID-19), se establecieron las medidas y lineamientos de actuaci\u00f3n para ordenar la reanudaci\u00f3n de labores de manera ordenada, gradual y progresiva, encaminados a evitar el contagio y dispersi\u00f3n del virus, dentro de las cuales destaca la establecida en el art\u00edculo 18 que dispone:<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 18. Los Plenos del Supremo Tribunal de Justicia y Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, podr\u00e1n sesionar a trav\u00e9s del uso de tecnolog\u00edas digitales confiables cuando lo estimen conveniente o cuando alguno de los integrantes de los referidos \u00f3rganos colegiados, no pudieran concurrir de forma presencial a una sesi\u00f3n, por encontrarse dentro de los grupos identificados como vulnerables o por cualquier otra circunstancia que considere pone en riesgo su salud o la de terceros.\u201d<\/p>\n<p>Con la implementaci\u00f3n de dicha medida se ha logrado retomar el trabajo jurisdiccional del Pleno del Supremo Tribunal de Justicia cuidando tanto la salud de los integrantes de dicho \u00d3rgano Colegiado como la del dem\u00e1s personal que por la naturaleza de sus labores se ve involucrado en la planeaci\u00f3n, preparaci\u00f3n y desahogo de las sesiones correspondientes.<\/p>\n<p>Ante ello, y con la finalidad de plasmar en t\u00e9rminos generales la atribuci\u00f3n del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de sesionar, adem\u00e1s de manera presencial, a trav\u00e9s de los medios que la tecnolog\u00eda ofrece, dotando de claridad y total comprensi\u00f3n en ese sentido a la Ley Org\u00e1nica del Poder Judicial del Estado, se propone que las sesiones del Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, se puedan celebrar a distancia, mediante el uso de herramientas tecnol\u00f3gicas, ello, ante una emergencia declarada por autoridad respectiva que impida o haga inconveniente la presencia de los magistrados en el edificio sede o en el recinto designado para tal efecto, conforme a las formalidades previstas en esta Ley y en el Reglamento Interior.<\/p>\n<p>El dictamen respectivo ser\u00e1 turnado al Pleno del Congreso del Estado para su votaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&#8212;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>-COMISI\u00d3N DE PUNTOS CONSTITUCIONALES APROB\u00d3 DICTAMEN PARA REFORMAR LA LEY ORG\u00c1NICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO. \u00a0&#8211;IMPORTANTE HACER USO DE LA TECNOLOG\u00cdA PARA NO DETENER EL TRABAJO EN EL PODER JUDICIAL: DIP. 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