{"id":5812,"date":"2014-06-06T14:53:08","date_gmt":"2014-06-06T20:53:08","guid":{"rendered":"http:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/2014\/06\/06\/el-congreso-del-estado-aprueba-crear-la-comision-especial-de-atencion-a-denuncias-de-periodistas\/"},"modified":"2014-06-06T14:53:08","modified_gmt":"2014-06-06T20:53:08","slug":"el-congreso-del-estado-aprueba-crear-la-comision-especial-de-atencion-a-denuncias-de-periodistas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/el-congreso-del-estado-aprueba-crear-la-comision-especial-de-atencion-a-denuncias-de-periodistas\/","title":{"rendered":"El Congreso del Estado aprueba crear la Comisi\u00f3n Especial de Atenci\u00f3n a Denuncias de Periodistas"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">\n<p style=\"text-align: justify;\">SAN LUIS POTOSI.- En sesi\u00f3n ordinaria el pleno del Poder Legislativo aprob\u00f3 por unanimidad el dictamen con proyecto de resoluci\u00f3n que presentaron las comisiones de Puntos Constitucionales; y Gobernaci\u00f3n que contempla un Acuerdo Econ\u00f3mico para crear la Comisi\u00f3n Especial de Atenci\u00f3n a Denuncias de Periodistas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Con el objetivo de procurar en todo momento por el bienestar y cumplimiento de la Ley de Protecci\u00f3n al Ejercicio del Periodismo del Estado de San Luis Potos\u00ed, en coordinaci\u00f3n con la Comisi\u00f3n Estatal de Derechos Humanos, y requerir a las autoridades competentes la informaci\u00f3n que considere necesaria y que tenga relaci\u00f3n en los temas de su materia o comisi\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Con esta comisi\u00f3n, que fue a iniciativa del diputado Eugenio Guadalupe Govea Arcos, se busca promover acciones de protecci\u00f3n, defensa y apoyo para los periodistas y comunicadores de nuestro Estado, con el fin de acabar con las situaciones de riesgo y alta vulnerabilidad a los que est\u00e1n sometidos en el d\u00eda a d\u00eda.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Sobre todo porque los legisladores coincidieron con el promovente de que como Presidente de la Comisi\u00f3n de Seguridad P\u00fablica, Prevenci\u00f3n y Reinserci\u00f3n Social su mayor preocupaci\u00f3n es implementar acciones para la protecci\u00f3n de los derechos humanos de los periodistas, as\u00ed como que se respete su integridad f\u00edsica y el sano desarrollo para el ejercicio de su profesi\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En los considerandos del dictamen aprobado se se\u00f1ala que la Ley de Protecci\u00f3n para el Ejercicio del Periodismo del Estado de San Luis Potos\u00ed contempla la obligaci\u00f3n por parte del Poder Ejecutivo del Estado de establecer un organismo que atienda de forma especial las agresiones y violaciones mencionadas, una de las funciones primordiales de \u00e9ste es la creaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas que se encuentren direccionadas a la atenci\u00f3n de quienes por dedicarse al oficio de la comunicaci\u00f3n cuenten con una mayor protecci\u00f3n para realizarlo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Y debido a que la propuesta del promovente era crear una Comisi\u00f3n Especial de Atenci\u00f3n a las Denuncias de Periodistas, por parte de este Honorable Congreso del Estado, con la finalidad de que sea part\u00edcipe de la investigaci\u00f3n de los t\u00f3picos antes descritos para realizar las acciones legales pertinentes, las comisiones legislativas dictaminadoras manifestaron que derivado de las facultades de investigaci\u00f3n que esta Soberan\u00eda posee, puede efectuar investigaciones sobre cualquier asunto, respondiendo a prop\u00f3sitos legislativos que deben estar vinculados con las funciones espec\u00edficas que delimita la Constituci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Ahora bien, dentro de nuestro sistema normativo, existen las figuras e instituciones legales, que tienen como funci\u00f3n la investigaci\u00f3n de las conductas delictuosas, son previstas en otros ordenamientos que pretenden establecer el equilibrio con la finalidad de que impere el Estado de Derecho, ya sea a trav\u00e9s de la denuncia judicial de los funcionarios implicados por el ejercicio abusivo del poder, o mediante las herramientas del h\u00e1beas corpus o amparo para solicitar que se ponga t\u00e9rmino a los efectos de una medida o evitar que ellos se produzcan.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En ese orden de ideas, la facultad de investigaci\u00f3n queda suscrita a la figura legal del Ministerio P\u00fablico, y colmada en el art\u00edculo 21 de la Constituci\u00f3n General de la Rep\u00fablica, reformado el pasado 8 de junio de 2008.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La creaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n Especial de Atenci\u00f3n a Denuncias de Periodistas tambi\u00e9n fue debido a que actualmente en nuestro pa\u00eds el periodismo ha sido considerado una actividad profesional riesgosa a ejercer. En ese sentido, la Comisi\u00f3n Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), emiti\u00f3 la \u201cRecomendaci\u00f3n General n\u00famero 20\u201d, sobre agravios a periodistas en M\u00e9xico y la impunidad imperante, dirigida a los titulares de la Secretar\u00eda de Gobernaci\u00f3n, Comisi\u00f3n Nacional de Seguridad, Procuradur\u00eda General de la Rep\u00fablica y Jefatura de Gobierno del Distrito Federal, as\u00ed como secretarios de seguridad p\u00fablica y procuradores generales de justicia de las entidades federativas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El organismo p\u00fablico aut\u00f3nomo observ\u00f3 un notable incremento en la cantidad de agresiones en perjuicio de miembros del sector period\u00edstico, sin que las autoridades procuradoras de justicia, en un importante n\u00famero de casos, hubieran esclarecido los sucesos que motivaron los il\u00edcitos cometidos en su contra, tales como homicidios, desapariciones, atentados, lesiones, amenazas e intimidaci\u00f3n, entre otras.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La CNDH ha denunciado que las autoridades encargadas de la seguridad p\u00fablica no han logrado inhibir a los agresores o desarrollado pol\u00edticas p\u00fablicas en materia de prevenci\u00f3n del delito, tendentes a impedir la violencia que aqueja al gremio, lo cual constituye, por acci\u00f3n o por omisi\u00f3n, un aliento a la impunidad. Ha venido considerando que, en su conjunto, esta situaci\u00f3n implica una violaci\u00f3n a los derechos fundamentales a la vida, a la integridad y seguridad personal; a la libertad de expresi\u00f3n y sus correlativos a la informaci\u00f3n y la libertad de prensa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Asimismo, se quebranta el derecho a la seguridad jur\u00eddica, en la que debe contemplarse una debida procuraci\u00f3n e impartici\u00f3n de justicia en favor de los gobernados, as\u00ed como a salvaguardar su derecho a conocer la verdad de los hechos y, adem\u00e1s, de que se les repare el da\u00f1o causado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Del 1\u00ba de enero de 2000 al 31 de julio de 2013, la Comisi\u00f3n Nacional de Derechos Humanos recibi\u00f3, a trav\u00e9s del \u201cPrograma de Agravio a Periodistas y Defensores Civiles de Derechos Humanos\u201d, un total de 842 expedientes de queja relacionados con violaciones a derechos humanos cometidas en agravio de comunicadores y medios de comunicaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En diversas etapas, la CNDH ha tenido conocimiento de los casos relacionados con la muerte de 85 periodistas o trabajadores del sector period\u00edstico, asesinados, presumiblemente, por raz\u00f3n de su trabajo. Igualmente, se ha documentado la desaparici\u00f3n de 20 profesionales de la comunicaci\u00f3n, as\u00ed como 40 atentados a instalaciones de distintos medios de comunicaci\u00f3n, hechos ocurridos en 24 entidades federativas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En la \u201cRecomendaci\u00f3n General n\u00famero 20\u201d, la CNDH solicit\u00f3 a las autoridades mencionadas procedieran a la investigaci\u00f3n, esclarecimiento de la totalidad de los casos, a fin de garantizar el acceso a la justicia en el tema. En ese sentido, al Secretario de Gobernaci\u00f3n, gobernadores y Jefe de gobierno del Distrito Federal, pidi\u00f3 garantizar las condiciones de seguridad y prevenci\u00f3n suficientes, a fin de que el desempe\u00f1o de los comunicadores no se vea coartado ni amenazado por circunstancia alguna; implementando pol\u00edticas p\u00fablicas tendentes a garantizar su seguridad, especialmente para quienes cubren situaciones de riesgo; promover las adiciones y reformas necesarias a las leyes y capacitar en materia de derechos humanos y libertad de expresi\u00f3n a los servidores p\u00fablicos. Asimismo, al Comisionado Nacional de Seguridad, y a los secretarios de seguridad p\u00fablica de las entidades federativas, se les pidi\u00f3 impulsar un sistema de seguridad p\u00fablica efectiva, completa e independiente, a fin de prevenir y disuadir las agresiones contra los integrantes del sector period\u00edstico.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por \u00faltimo, tanto al Procurador General de la Rep\u00fablica, as\u00ed como a los procuradores generales de justicia de las entidades federativas, les solicita integrar indagatorias eficaces, con objeto de agotar todas las l\u00edneas de investigaci\u00f3n e implementar y aplicar de manera permanente las medidas necesarias para impulsar un combate a la impunidad, a fin de que se resuelvan las averiguaciones previas procedentes a la brevedad posible; entre otros considerandos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La Comisi\u00f3n Especial de Atenci\u00f3n a Denuncias de Periodistas se integrar\u00e1 conforme a las disposiciones aplicables de la Ley Org\u00e1nica del Poder Legislativo del Estado, por aquellos diputados que tengan disponibilidad para formar parte de \u00e9sta; debiendo iniciar sus funciones a partir de la aprobaci\u00f3n del presente; y presentar ante el Pleno del Congreso del Estado un informe de sus actividades, una vez que \u00e9stas concluyan.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La Comisi\u00f3n Especial de Atenci\u00f3n a Denuncias de Periodistas, tendr\u00e1 por objeto: Establecer y ejecutar el programa de trabajo para revisar, analizar y recabar las propuestas que le permitan cumplir con los objetivos para los que fue creada; Conocer, investigar y, en su caso, llevar a cabo las acciones legales de acuerdo con las atribuciones que, la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado; la Ley Org\u00e1nica del Congreso, y el Reglamento para el Gobierno Interior, confieren a los legisladores; Procurar en todo momento por el bienestar y cumplimiento de la Ley de Protecci\u00f3n al Ejercicio del Periodismo del Estado de San Luis Potos\u00ed, en coordinaci\u00f3n con la Comisi\u00f3n Estatal de Derechos Humanos, y Requerir a las autoridades competentes, la informaci\u00f3n que considere necesaria y que tenga relaci\u00f3n en los temas de su materia o comisi\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Despu\u00e9s de este asunto, fue aprobado por unanimidad el dictamen con proyecto de decreto que presentaron las comisiones de Justicia; y Derechos Humanos, Equidad y G\u00e9nero que reforma la denominaci\u00f3n del cap\u00edtulo VI del T\u00edtulo Tercero de la Parte Especial; los art\u00edculos 188; 205; 212 y adiciona los art\u00edculos 158 Quinque y 181 Bis; y el art\u00edculo 188 de y al C\u00f3digo Penal del Estado de San Luis Potos\u00ed, con la finalidad de prever en nuestra legislaci\u00f3n los denominados delitos cibern\u00e9ticos y establecer penas que oscilan de 6 meses a 5 a\u00f1os de prisi\u00f3n y multas econ\u00f3micas de 150 a 500 d\u00edas de salario m\u00ednimo, dependiendo del il\u00edcito.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Esta reforma, que fue impulsada por el diputado Alejandro Lozano Gonz\u00e1lez, es el primer paso para lograr una adecuaci\u00f3n urgente, necesaria y viable a nuevos fen\u00f3menos delictivos que en el seno de la sociedad est\u00e1n ocurriendo, agraviando de forma despiadada, cruel e impune miles de v\u00edctimas directas e indirectas, sin que el Estado potosino haya, hasta la fecha, tomado cartas en el asunto.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los delincuentes han usado todos los instrumentos que tienen a su alcance y cada vez modernizan m\u00e1s sus t\u00e1cticas delictivas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En la exposici\u00f3n de motivos del dictamen aprobado se se\u00f1ala que en nuestra entidad, desafortunadamente, se han cometido delitos que han tenido como origen la utilizaci\u00f3n de internet, o redes sociales; por ello, y referente al delito de trata se incrementa la pena cuando el victimario en el caso de que hubiere utilizado el internet, las redes sociales o cualquier mecanismo inform\u00e1tico para generar un v\u00ednculo de confianza con la v\u00edctima.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Respecto al fraude, se agrega al cat\u00e1logo el relativo al fraude cibern\u00e9tico, en virtud de que una gran cantidad de usuarios de servicios financieros o de cualquier otra \u00edndole, suelen ser enga\u00f1ados por timadores especializados con la creaci\u00f3n de p\u00e1ginas falsas en las que obtienen con enga\u00f1os, los datos confidenciales de las v\u00edctimas y con ellas provocan grav\u00edsimos da\u00f1os a su patrimonio.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tocante a la extorsi\u00f3n se considera que \u00e9ste, adem\u00e1s de los distintos medios que atiende el dispositivo correspondiente, tambi\u00e9n se prevea que puede cometerse a trav\u00e9s de mecanismos inform\u00e1ticos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por cuanto hace a los delitos contra el libre desarrollo de la personalidad, se incluye el de contactar a menores de edad, a trav\u00e9s de mecanismos inform\u00e1ticos, con la finalidad de cometer diversas conductas il\u00edcitas como, abuso sexual, pornograf\u00eda infantil, lenocinio y otros, como un tipo penal independiente, lo que sin duda tambi\u00e9n har\u00e1 que la prevenci\u00f3n de esos delitos se haga m\u00e1s eficaz.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Asimismo, se tipifica y sanciona el delito de difusi\u00f3n il\u00edcita de im\u00e1genes \u00edntimas con el fin de combatir una violencia predominantemente machista, que viene mostrando un patr\u00f3n de conducta reiterado y cada vez m\u00e1s frecuente, el cual consiste en que dos personas mantienen una relaci\u00f3n \u00edntima y acuerdan capturar o intercambiar im\u00e1genes o videos con ese contenido, pero una vez que el v\u00ednculo termina, alguna de las partes publica las im\u00e1genes con la finalidad de provocar estigma y discriminaci\u00f3n social (generalmente hacia las mujeres) con archivos inform\u00e1ticos que son generados por acuerdo de voluntades, pero que luego se divulgan unilateralmente de forma infamante.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">As\u00ed, con estas modificaciones, se legisla en protecci\u00f3n de la sociedad que se vuelve vulnerable ante los avances tecnol\u00f3gicos y, que de no protegerla, a trav\u00e9s de instrumentos que proveen a las autoridades de herramientas que les permitan sancionar las conductas que, de no ser as\u00ed, quedar\u00edan impunes.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Con esta reforma, el C\u00f3digo Penal del Estado de San Luis Potos\u00ed establecer\u00e1 que comete el delito de difusi\u00f3n il\u00edcita de im\u00e1genes \u00edntimas quien transmita, publique o difunda im\u00e1genes, sonidos o grabaciones de contenido sexual obtenidas con o sin el consentimiento de la v\u00edctima, sin autorizaci\u00f3n para su difusi\u00f3n. Este delito se sancionar\u00e1 con una pena de uno a tres a\u00f1os de prisi\u00f3n y multa de ciento cincuenta a doscientos salarios m\u00ednimos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Art\u00edculo 181 Bis. El que a trav\u00e9s de internet, del tel\u00e9fono, o de cualquier otra tecnolog\u00eda de la informaci\u00f3n, o la comunicaci\u00f3n, contacte con un menor de dieciocho a\u00f1os o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, y proponga concertar un encuentro con el mismo, a fin de cometer cualquiera de los delitos descritos en los art\u00edculos, 148, 149, 180, 180 BIS, 182, 183, 184, 184 BIS, 187 y 188, siempre que tal propuesta se acompa\u00f1e de actos materiales encaminados al acercamiento, se le impondr\u00e1 de seis meses a cinco a\u00f1os de prisi\u00f3n y de trescientos a quinientos d\u00edas multa, sin perjuicio de las penas correspondientes a los delitos, en su caso, cometidos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Art\u00edculo 188. \u2026 I. a VII. \u2026 VIII. Suministrando a la v\u00edctima alguna sustancia t\u00f3xica que le impidiera evitar la ejecuci\u00f3n del acto; IX. Se emplee para la comisi\u00f3n del delito la violencia, psicol\u00f3gica o moral, en contra de la v\u00edctima, y X. Por persona que se valga del uso o empleo del Internet, del tel\u00e9fono, o de cualquier otra tecnolog\u00eda de la informaci\u00f3n, o de la comunicaci\u00f3n para generar relaci\u00f3n de confianza o amistad con la v\u00edctima.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Art\u00edculo 205. \u2026 I. a XV. \u2026 XVI. Por s\u00ed o por interp\u00f3sita persona, causa perjuicio p\u00fablico o privado al fraccionar y transferir o prometer transferir la propiedad, la posesi\u00f3n o cualquier otro derecho sobre un terreno urbano o r\u00fastico, propio o ajeno, con o sin autorizaci\u00f3n, sin el previo permiso de las autoridades administrativas competentes, o cuando, existiendo \u00e9ste, no se hayan satisfecho los requisitos en \u00e9l se\u00f1alados o los convenidos por las partes. Este delito se sancionar\u00e1 a\u00fan en el caso de pago total o parcial del precio.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">XVII. Falte a la verdad o exhiba documentos ap\u00f3crifos para simular la ausencia o desaparici\u00f3n de un trabajador, con el objeto de obtener el pago de la pensi\u00f3n o la devoluci\u00f3n de los descuentos a que se refieren los art\u00edculos, 72 en su p\u00e1rrafo segundo, y 90 en su p\u00e1rrafo tercero, de la Ley de Pensiones y Prestaciones Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado de San Luis Potos\u00ed, o<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">XVIII. Vali\u00e9ndose del error en que se encuentra la v\u00edctima provoque que revele o ponga a su disposici\u00f3n informaci\u00f3n o datos de car\u00e1cter personal, patrimonial o financiero a los que no tenga derecho a acceder, utilizando para tales fines sitios o direcciones de correo u otros medios electr\u00f3nicos creados por \u00e9l mismo o por un tercero y que, por sus caracter\u00edsticas, emblemas, marcas o cualquier distintivo gr\u00e1fico o de leyendas de texto, simulen o reproduzcan de manera ap\u00f3crifa e ileg\u00edtima a las que pertenecen a los prestadores de servicios financieros o de cualquier otro tipo de car\u00e1cter p\u00fablico o privado que brinde atenci\u00f3n o establezca contacto con sus clientes, usuarios o p\u00fablico en general por dichos medios.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Art\u00edculo 212. \u2026 Cuando este delito se cometa utilizando cualquier medio de comunicaci\u00f3n, a trav\u00e9s de los que se pueda realizar la emisi\u00f3n, transmisi\u00f3n o recepci\u00f3n de signos, se\u00f1ales, escritos, im\u00e1genes, voz, sonidos o informaci\u00f3n de cualquier naturaleza que se efect\u00fae por hilos, radioelectricidad, medios \u00f3pticos, f\u00edsicos, inform\u00e1ticos, v\u00eda satelital, u otros sistemas electromagn\u00e9ticos, o cualquier otro originado con motivo de los descubrimientos de la ciencia, se le impondr\u00e1 de seis a doce a\u00f1os de prisi\u00f3n y sanci\u00f3n pecuniaria de seiscientos a mil doscientos d\u00edas de salario m\u00ednimo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Fue aprobado por unanimidad el dictamen con proyecto de decreto que presentaron las comisiones de Comunicaciones y Transportes; y Educaci\u00f3n, Cultura, Ciencia y Tecnolog\u00eda que adiciona el art\u00edculo 12 de la fracci\u00f3n XIV Bis de la Ley de Transporte P\u00fablico del Estado de San Luis Potos\u00ed, con el objetivo de clarificar el concepto de estudiante para que toda persona que se encuentra cursando estudios acad\u00e9micos, ciencia, arte u oficio en un centro docente p\u00fablico o privado con reconocimiento oficial pueda acceder al beneficio de descuento de boletor.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En la exposici\u00f3n de motivos del dictamen aprobado se se\u00f1ala que etimol\u00f3gicamente la palabra estudiante es el resultado de una deformaci\u00f3n del significado de la palabra latina \u201cstudere\u201d y su sustantivo \u201cstudium\u201d; la palabra \u201cstudere\u201d se puede traducir seg\u00fan los conocedores como \u201cesforzarse\u201d; derivado del ritmo de la vida actual en la que la juventud en muchas ocasiones tiende a involucrarse en el arte o la cultura, como son, las artes visuales, la danza, el teatro, la m\u00fasica, y que pretenden ser profesionales en esos \u00e1mbitos; realmente se esfuerzan por lograrlo y ese empe\u00f1o tambi\u00e9n debe ser apoyado en su econom\u00eda, dado que tambi\u00e9n requieren de asistencia constante a sus clases, de tal suerte que pueden convertirse en grandes personajes de la historia moderna. Esta iniciativa de reforma fue presentada en su momento por el diputado Jos\u00e9 Francisco Mart\u00ednez Ibarra.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Se aprob\u00f3 por unanimidad el dictamen con proyecto de decreto que present\u00f3 la Comisi\u00f3n de Derechos Humanos, Equidad y G\u00e9nero que reforma el art\u00edculo 27 de la Ley de la Comisi\u00f3n Estatal de Derechos Humanos del Estado de San Luis Potos\u00ed, con la finalidad de que este organismo protector de los derechos humanos tenga la competencia para conocer de las quejas sobre posibles violaciones a los derechos en el trabajo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Lo anterior con el prop\u00f3sito de que se garantice el derecho al desarrollo y se asegure un nivel de vida adecuado a las personas, lo que en el derecho internacional de los derechos humanos se le clasifica como derechos econ\u00f3micos sociales, culturales y ambientales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Con esta reforma, que fue presentada en su momento por la legisladora Ruth Noem\u00ed Tiscare\u00f1o Agoitia, se establecer\u00e1 en la legislaci\u00f3n que la Comisi\u00f3n Estatal de Derechos Humanos conocer\u00e1 de actos u omisiones atribuibles a servidores p\u00fablicos relacionados con la materia laboral. La competencia de la Comisi\u00f3n no comprende la facultad para conocer de conflictos suscitados entre uno o varios patrones y uno o m\u00e1s trabajadores o uno o m\u00e1s sindicatos, ni entre sindicatos y trabajadores, incluso, cuando el patr\u00f3n sea una autoridad o dependencia estatal o municipal, y las dem\u00e1s que le se\u00f1ale la presente Ley y otros ordenamientos legales, necesarias para el mejor cumplimiento de sus funciones.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Fue aprobado por unanimidad el dictamen con proyecto de decreto que presentaron las comisiones de Ecolog\u00eda y Medio Ambiente; Puntos Constitucionales; y Desarrollo Territorial Sustentable que reforma el art\u00edculo 132 y adiciona el art\u00edculo 132 Bis de y a la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potos\u00ed, con el objetivo de establecer que los ayuntamientos deben sustituir los Comit\u00e9s de Defensa de los Recursos Naturales por un nuevo mecanismo de participaci\u00f3n activa que ser\u00e1n los Consejos Consultivos Municipales de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los Consejos Consultivos se encargar\u00e1n de analizar de manera integral las propuestas de planes, programas, proyectos y pol\u00edticas enfocadas a la problem\u00e1tica ambiental, atenuando la dimensi\u00f3n ecol\u00f3gica, social y econ\u00f3mica.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los temas que se incluyan en la agenda de los Consejos Consultivos reflejar\u00e1n la preocupaci\u00f3n de la sociedad civil local. De esta manera, el ayuntamiento conocer\u00e1 de manera oportuna las demandas e inquietudes de la poblaci\u00f3n que tiene un v\u00ednculo con la problem\u00e1tica ambiental. El trabajo de los Consejos y las recomendaciones que sus integrantes consideren, se enviar\u00e1n al ayuntamiento respectivo para los efectos de su consideraci\u00f3n junto con la evaluaci\u00f3n de la pol\u00edtica, plan o programa del que se trate; entre otras facultades.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Se aprob\u00f3 por unanimidad el dictamen con proyecto de decreto que presentaron las comisiones de Puntos Constitucionales; y Gobernaci\u00f3n que reforma el art\u00edculo 71 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de San Luis Potos\u00ed, a fin de establecer que el acuerdo econ\u00f3mico es una resoluci\u00f3n que tiene efectos internos en la administraci\u00f3n de los \u00f3rganos, dependencias, comit\u00e9s y comisiones del Congreso y debe ser tomadas por el Pleno.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Fueron aprobados los dict\u00e1menes que desecharon por improcedentes iniciativas que buscaban reformar la Ley Org\u00e1nica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potos\u00ed; la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de San Luis Potos\u00ed; y la que buscaba implementar art\u00edculo para prevenir hip\u00f3tesis distinta a preferencia de los derechos alimentarios. Se retiraron del orden del d\u00eda para consideraciones, los dict\u00e1menes que desechar\u00edan por improcedentes reformar Ley Org\u00e1nica del Poder Legislativo de San Luis Potos\u00ed; y Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de San Luis Potos\u00ed.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tambi\u00e9n se inform\u00f3 que 45 ayuntamientos potosinos validaron la reforma del p\u00e1rrafo onceavo del art\u00edculo 90 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de San Luis Potos\u00ed que establece el haber de retiro para consejeros de la Judicatura del Poder Judicial del Estado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Adem\u00e1s fue turnada a las comisiones legislativas respectivas diversa correspondencia enviada por dem\u00e1s Poderes del Estado; ayuntamientos; Poder Federal; Poderes de otras entidades del pa\u00eds; Particulares e Iniciativas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En asuntos generales, los diputados Juan Daniel Gonz\u00e1lez Ayala y Jos\u00e9 Eduardo Ch\u00e1vez Aguilar presentaron, por separado, pronunciamientos por el D\u00eda Mundial del Medio Ambiente; y el D\u00eda de la Libertad de Expresi\u00f3n, respectivamente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El legislador Eugenio Guadalupe Govea Arcos present\u00f3 un punto de acuerdo para que la LX Legislatura solicite al ayuntamiento de Rioverde el estado que guarda el procedimiento para la instalaci\u00f3n de parqu\u00edmetros.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Al inicio de la sesi\u00f3n ordinaria, el pleno del Congreso del Estado guardo sendos minutos de silencio, por separado, por los sensibles fallecimientos de la madre del diputado Mart\u00edn \u00c1lvarez Mart\u00ednez se\u00f1ora Mar\u00eda Asunci\u00f3n Mart\u00ednez Rodr\u00edguez; y Fausto Izar Charr\u00e9, ex presidente municipal de Rioverde y ex diputado local.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Agotados los asuntos agendados se cit\u00f3 al pleno del Congreso del Estado a sesi\u00f3n ordinaria programada a partir de las 11 horas del martes 10 de junio del a\u00f1o 2014 en el sal\u00f3n \u201cPonciano Arriaga Leija\u201d ubicado en Jard\u00edn Hidalgo n\u00famero 19.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00a0<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>SAN LUIS POTOSI.- En sesi\u00f3n ordinaria el pleno del Poder Legislativo aprob\u00f3 por unanimidad el dictamen con proyecto de resoluci\u00f3n que presentaron las comisiones de Puntos Constitucionales; y Gobernaci\u00f3n que contempla un Acuerdo Econ\u00f3mico para crear la Comisi\u00f3n Especial de Atenci\u00f3n a Denuncias de Periodistas. &hellip; <\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":5811,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-5812","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-inicio"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5812","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5812"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5812\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media\/5811"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5812"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5812"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5812"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}