{"id":67669,"date":"2022-03-31T15:36:00","date_gmt":"2022-03-31T21:36:00","guid":{"rendered":"http:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/?p=67669"},"modified":"2022-03-31T15:36:00","modified_gmt":"2022-03-31T21:36:00","slug":"presentan-grupos-parlamentarios-del-pvem-y-pt-paquete-de-reformas-a-la-ley-estatal-electoral-en-respuesta-a-exigencias-ciudadanas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/presentan-grupos-parlamentarios-del-pvem-y-pt-paquete-de-reformas-a-la-ley-estatal-electoral-en-respuesta-a-exigencias-ciudadanas\/","title":{"rendered":"Presentan grupos parlamentarios del PVEM\u00a0y PT\u00a0paquete de reformas a la ley estatal electoral, en respuesta a exigencias ciudadanas  \u00a0"},"content":{"rendered":"<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>REDUCIR PERIODO DE CAMPA\u00d1AS Y PRE CAMPA\u00d1AS, ELIMINAR LA FIUGURA DE ALIANZAS PARTIDARIAS, ASEGURAR LA PARTICIPACI\u00d3N DE PERSONAS IND\u00cdGENAS Y AUMENTAR EL UMBRAL M\u00cdNIMO PARA ASIGNACI\u00d3N DE DIPUTACIONES PLURINOMINALES, LAS PROPUESTAS<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Las y los integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de M\u00e9xico (PVEM) y del Partido del Trabajo (PT), presentaron ante el Pleno de la LXIII Legislatura, un paquete de reformas a la Ley Estatal Electoral en respuesta a las exigencias de la sociedad y atendiendo la necesidad de modernizar el marco normativo que regir\u00e1 el pr\u00f3ximo proceso electoral.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Proponen reducir el periodo de campa\u00f1as y precampa\u00f1as, la eliminaci\u00f3n de la figura de Alianzas Partidarias, dar plena y efectiva participaci\u00f3n y representaci\u00f3n pol\u00edtica a las personas integrantes de los pueblos y comunidades ind\u00edgenas y aumentar el umbral m\u00ednimo requerido para la asignaci\u00f3n de Diputaciones por el principio de Representaci\u00f3n Proporcional, pasando del 3.0 al 4.0 por ciento de la votaci\u00f3n v\u00e1lida emitida.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En el caso de la reducci\u00f3n del periodo de campa\u00f1as y precampa\u00f1as, se establece en la iniciativa que \u201cse desarrollar\u00e1n dentro del per\u00edodo comprendido del 15 de noviembre del a\u00f1o previo al de la elecci\u00f3n, al 15 de febrero del a\u00f1o de la elecci\u00f3n, y no podr\u00e1n durar m\u00e1s de 30 d\u00edas a partir del d\u00eda en que el partido pol\u00edtico, a trav\u00e9s de su representante, notifique al Consejo el comienzo de su proceso\u201d.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u201cTrat\u00e1ndose de las precampa\u00f1as para la elecci\u00f3n de Diputados y ayuntamiento, estas se desarrollar\u00e1n dentro del per\u00edodo comprendido del 15 de noviembre del a\u00f1o previo al de la elecci\u00f3n, al 15 de febrero del a\u00f1o de la elecci\u00f3n, y no podr\u00e1n durar m\u00e1s de veinte d\u00edas a partir del d\u00eda en que el partido pol\u00edtico, a trav\u00e9s de su representante, notifique al Consejo el comienzo de su proceso\u201d<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Se a\u00f1ade que reducir estos periodos es contrarrestar la pr\u00e1ctica de la propaganda negativa, que nada abona al proceso electoral, y por el contrario lo pervierte. Un periodo breve de campa\u00f1a o precampa\u00f1a permitir\u00e1 que los aspirantes a un cargo de elecci\u00f3n popular se concentren en presentar a los potenciales votantes sus propuestas, dejando al margen la diatriba, el rumor, y en general la campa\u00f1a negra.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se present\u00f3 una iniciativa de reforma para eliminar la figura de las Alianzas Partidarias, \u201cla cual genera discordancia con la figura de las Coaliciones, en virtud de que en \u00e9stas \u00faltimas no se permite la transferencia de votos, a diferencia de las Alianzas Partidarias que han sido utilizadas para negociar los votos para cada uno de los partidos aliados, para efectos de la conservaci\u00f3n del registro, de otorgamiento de financiamiento y de asignaci\u00f3n de cargos de representaci\u00f3n proporcional\u201d.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Las alianzas establecen la distribuci\u00f3n de votos que se realizar\u00e1 para cada partido pol\u00edtico, ya que eso les permite subsistir, dejando al margen la voluntad de los electores, quienes al emitir su voto ignoran a cu\u00e1l partido pol\u00edtico de la alianza le beneficiar\u00e1. Generan incertidumbre y confusi\u00f3n ya que se constituyen como una negociaci\u00f3n entre fuerzas pol\u00edticas, en la que incluso puede no haber coincidencia ideol\u00f3gica, pero postulan al mismo candidato o candidatos, s\u00f3lo como una estrategia para obtener mejores resultados.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u201cEs necesario derogar las Alianzas Partidarias en el \u00e1nimo de fortalecer el sistema democr\u00e1tico de San Luis Potos\u00ed y armonizar nuestro marco jur\u00eddico electoral con la legislaci\u00f3n federal, garantizando en todo momento el derecho de asociaci\u00f3n de los partidos pol\u00edticos, as\u00ed como la libertad de los ciudadanos potosinos de votar directamente por el partido pol\u00edtico de su elecci\u00f3n. Se atiende a la exigencia de generar condiciones de equidad en la competencia electoral, que contribuyan a fortalecer nuestra democracia. Asimismo, se pretende abonar a la certeza en la emisi\u00f3n del voto, y con ello contribuir a generar condiciones de igualdad en la participaci\u00f3n pol\u00edtica y ofrecer a los potosinos un clima de estabilidad pol\u00edtica y de mayor gobernabilidad\u201d.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El PVEM y PT propusieron que en los distritos con mayor concentraci\u00f3n de poblaci\u00f3n ind\u00edgena, los partidos pol\u00edticos y coaliciones, en cualquiera de los distritos electorales uninominales 13, 14 \u00f3 15 del Estado de San Luis Potos\u00ed, deber\u00e1n de postular en por lo menos uno de esos distritos, una f\u00f3rmula de candidatos o candidatas a Diputados Locales por el principio de mayor\u00eda relativa, conformada por propietario y suplente, integrada exclusivamente por personas pertenecientes a los pueblos y comunidades ind\u00edgenas, observando adem\u00e1s el principio de paridad de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Atendiendo al principio de progresividad, tales disposiciones no son de car\u00e1cter limitativo, por lo que, incluso los partidos pol\u00edticos y coaliciones podr\u00e1n postular m\u00e1s candidatos o candidatas a\u00fan en distritos electorales no ind\u00edgenas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Consejo Electoral dar\u00e1 amplia difusi\u00f3n a las convocatorias de registro de candidatos, procurando que sean conocidas oportunamente por los ciudadanos potosinos. Asimismo, se encargar\u00e1 de vigilar el cumplimiento de la autoadscripci\u00f3n calificada para el registro de los candidatos o candidatas ind\u00edgenas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Propusieron asimismo aumentar el umbral m\u00ednimo requerido para la asignaci\u00f3n de Diputaciones por el principio de Representaci\u00f3n Proporcional, pasando del 3.0 al 4.0 por ciento de la votaci\u00f3n v\u00e1lida emitida.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La representaci\u00f3n proporcional garantiza el pluralismo pol\u00edtico, pero debe establecerse en condiciones de mayor equidad y aproximadas en la mayor medida posible a los porcentajes de votaci\u00f3n de cada partido pol\u00edtico en una elecci\u00f3n. El Congreso del Estado, es una instituci\u00f3n de gran relevancia en la vida p\u00fablica de los potosinos, por ello, resulta necesario generar mejores condiciones en la distribuci\u00f3n de las representaciones pol\u00edticas. Esto contribuir\u00e1 a que la toma de decisiones, se desarrolle dentro de un marco de consensos, donde las minor\u00edas est\u00e9n representadas en la misma proporci\u00f3n a la voluntad expresada por la ciudadan\u00eda en las urnas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Las iniciativas de reforma a la Ley Estatal Electoral fueron turnadas a la Comisi\u00f3n Especial para la Reforma Pol\u00edtico Electoral y Puntos Constitucionales a fin de que sean incluidas para su an\u00e1lisis.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; REDUCIR PERIODO DE CAMPA\u00d1AS Y PRE CAMPA\u00d1AS, ELIMINAR LA FIUGURA DE ALIANZAS PARTIDARIAS, ASEGURAR LA PARTICIPACI\u00d3N DE PERSONAS IND\u00cdGENAS Y AUMENTAR EL UMBRAL M\u00cdNIMO PARA ASIGNACI\u00d3N DE DIPUTACIONES PLURINOMINALES, LAS PROPUESTAS &nbsp; Las y los integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista &hellip; <\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":67670,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[23,4],"tags":[],"class_list":["post-67669","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-congreso","category-inicio"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/67669","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=67669"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/67669\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":67671,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/67669\/revisions\/67671"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media\/67670"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=67669"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=67669"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/amanecerhuasteco.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=67669"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}