Congreso del Estado aprueba reformas al código familiar del estado para proteger a los menores de edad  

 

APRUEBAN REFORMA A LA LEY DEL REGISTRO CIVIL PARA QUE EN AQUELLOS MUNICIPIOS CON UNA POBLACIÓN DE MÁS DE 20,000 HABITANTES, EL O LA OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL, DEBERÁ CONTAR CON TÍTULO PROFESIONAL DE ABOGADO O LICENCIADO EN DERECHO. 

APRUEBAN REFORMAS A LA LEY DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO DEL ESTADO, CON EL OBJETIVO DE ESTABLECER  LA INCLUSIÓN DE CICLOVÍAS

San Luis Potosí.- En sesión ordinaria el pleno de la LXII Legislatura aprobó por mayoría, con 21 votos a favor y 3 abstenciones, reformar los artículos 11 y 92 del Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de adicionar el concepto de alienación parental en el caso de separación de los padres para, con ello, fortalecer los derechos de los menores y evitar que se vuelvan víctimas de manipulación y presión, en detrimento de su autonomía, de su libertad para opinar y de su derecho a convivir con todos los miembros de su familia.

Con esta reforma se establecerá en el artículo 11 del Código mencionado que: Para efectos de salvaguarda de ese derecho, en caso de separación, los padres están obligados a evitar conductas de alienación parental, que se define como la manipulación o inducción que un progenitor realiza hacia su hijo, mediante la desaprobación o crítica tendiente a producir en el menor rechazo, rencor, odio, miedo o desprecio hacia el otro progenitor.

En tanto, el artículo 92 del mismo Código establecerá que: De oficio o a petición de parte interesada, durante todo el procedimiento la autoridad judicial se allegará los elementos necesarios para ello, debiendo escuchar a ambos progenitores y a las o los menores, para evitar conductas de violencia familiar, alienación parental, o cualquier otra circunstancia que amerite la necesidad de la medida, considerando el interés superior de éstos últimos. En todo caso protegerá y hará respetar el derecho de convivencia con los padres, salvo que exista peligro para la o el menor.

La protección para las o los menores incluirá las medidas de seguridad, seguimiento y terapia necesarias para evitar y corregir los actos de violencia familiar y alienación parental, las cuales podrán ser suspendidas o modificadas en los términos previstos por el artículo 90 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de San Luis Potosí. En el caso de alienación parental, se aplicarán medidas específicas de mediación y terapia.

En el dictamen aprobado se señala que visibilizar conductas en las que en un trámite de divorcio incurren los padres, como la alienación parental, tiene como propósito evitarlas, para que durante todo el procedimiento de divorcio la autoridad judicial proteja y haga respetar el derecho de los menores de la convivencia con los padres, evitando la mencionada conducta, y de requerirse ordene de forma correctiva medidas específicas.

Con esta reforma se busca fortalecer los derechos de los menores, y evitar que se vuelvan víctimas de manipulación y presión, en detrimento de su autonomía, de su libertad para opinar y de su derecho a convivir con todos los miembros de su familia.

La autoridad jurisdiccional está constreñida a velar por el interés superior del niño, lo que se traduce en la obligación de que antes de resolver respecto de cualquier litis, de manera provisional o definitiva, deberá ponderar el beneficio del niño, lo que encuentra sustento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la Convención de los Derechos del Niño; la Ley General de los Derechos de los Niñas, Niños, y Adolescentes; por mencionar algunos.

Se agrega que durante el primer semestre del 2018, se tramitaron 10,000 casos de divorcio en cinco juzgados familiares de San Luis Potosí, y de ellos 3,000 casos incluyen también una demanda contra un cónyuge por impedir al otro convivir con sus hijos.  De acuerdo con Lucía Mendoza Martínez, psicóloga infantil, “ese fenómeno social va en aumento, el maltrato psicológico contra el otro cónyuge, donde utilizan a los hijos como rehenes para ponerlos contra sus propios padres, se llama Síndrome de Alienación Parental, los casos van al alza.”

Este comportamiento, va en detrimento de la participación de los padres en la familia y su involucramiento con los hijos, ante esta tendencia, la titular del Instituto de la Mujer del Estado, Érika Velázquez Gutiérrez, adujo que es necesario “recordarles tanto a hombres como mujeres que el tema de la paternidad y la maternidad es compartido.”

Sin embargo, la corresponsabilidad de ambos padres para con los hijos no es el único aspecto que el comportamiento identificado como alienación parental daña; no debemos perder de vista lo más importante, que los hijos menores pueden resultar aún más afectados, al ser objeto de limitaciones en la convivencia familiar, coartando efectivamente sus derechos.

Por ese motivo, con esta reforma se adiciona al Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí el concepto de alienación parental, ya que estimamos necesario reconocer en la legislación una conducta que se está presentando en la actualidad y que está afectando los derechos de los menores en los procesos de divorcio que llevan a cabo sus padres y madres; sostiene el dictamen aprobado.

Antes de este asunto, se aprobó por unanimidad reformar el artículo 26 de la Ley del Registro Civil del Estado de San Luis Potosí, a fin de establecer el requisito, en aquellos municipios con una población de más de 20,000 habitantes, que para ser el o la Oficial del Registro Civil, se deberá contar con título profesional de abogado o licenciado en derecho, con una antigüedad  mínima de dos años.

Con esta reforma se establecerá que para ser el o la Oficial del Registro Civil tendrá que: Ser abogado, abogada, licenciado o licenciada  en Derecho con título legalmente expedido y registrado, con una antigüedad  mínima de dos años, en las cabeceras municipales con población mayor a 20,000 habitantes; y en las Oficialías de las comunidades, así como en las que cuenten con menos de 20,000 habitantes en los que no se cuente con persona de esta profesión, podrá dispensarse, para persona que cuente con título de cualquier carrera, o profesión afín.

En el dictamen aprobado se señala que el Registro Civil constituye la institución fundamental para garantizar el derecho a la identidad, al ser la que otorga, mediante el registro de nacimiento, la identidad constituida por un nombre, una nacionalidad y una filiación de cada mexicano, reconociendo así su derecho a contar con una identidad legal y personalidad jurídica.

Ahora bien, la administración pública debe de lograr soluciones apropiadas a la problemática que demanda nuestra sociedad para poder estar en aptitud de ofrecer un servicio público adecuado a la eficiencia y eficacia bajo la nueva gestión pública, en donde la profesionalización debe de apuntar siempre a la idoneidad entre las facultades que el servidor público desempeña y una realidad deseable que constantemente demandada bajo el compromiso, la capacidad y la experiencia.

Concatenando a lo anterior, el objetivo claro básico de la profesionalización de las personas que integran el servicio público contribuye al mejoramiento de la administración pública, entendiendo esto como un proceso mediante el cual se tomen mejores decisiones y se instrumentan mejores respuestas a las situaciones sociales, donde no sólo es la integración de herramientas e instrumentos técnicos para la toma de decisiones sino para que los agentes del servicio público sean agentes de cambio en el adecuado desempeño de sus funciones, es por tanto que en diversos Estados de la República uno de los requisitos es que las personas que desempeñan el cargo de oficiales del Registro Civil cuente con título de abogado, sin embargo, hay municipios que no cuentan con el presupuesto necesario para que se colme este requisito, además de que no hay personas que quiera moverse por un sueldo que en la mayoría de los casos es muy bajo.

Fue aprobado por unanimidad reformar el artículo 169 en su fracción XIX de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de establecer  la inclusión de ciclovías cuando el ancho de calle lo permita; considerando además la instalación de señalética necesaria para la circulación segura de los ciclistas.

 

En el dictamen aprobado se señala que el crecimiento inminente de la población en el Estado trae consigo indiscutiblemente todos los problemas de contaminación que sufre actualmente nuestra ciudad. Este hecho, derivado del uso de vehículos que provocan que la calidad del aire no sea óptimo provocando en los habitantes un sinnúmero de enfermedades y problemas de salud que afectan su vida cotidiana, y ante la imperiosa necesidad de plantear y promover otras formas de desplazamiento que coadyuven a reducir y minimizar este hecho, lo que implica que para que el factor de movilidad humana debe de existir la suficiente infraestructura para poder utilizar otras opciones de transporte como lo es la bicicleta.

 

Si bien es cierto ya existe contemplada y reconocida en la ley de la materia esta modalidad de transporte, también lo es que las ciclovías a que hace referencia la fracción XIX de la Ley local de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y que son exclusivas para uso de las personas que decidan este medio de transporte, en la actualidad, no es una realidad, ya que la ciudad carece de esta infraestructura necesaria para poder incluir dentro de la misma, estas opciones de desplazamiento.

 

Se aprobó por unanimidad reformar el artículo 57 de la Ley de Bienes del Estado y Municipios del Estado de San Luis Potosí, a fin de actualizarla y establecer que: Contra las resoluciones y actos administrativos que se dicten o ejecuten en la aplicación de la presente Ley, las partes afectadas podrán interponer los recursos administrativos previstos en el Código Procesal Administrativo para el Estado de San Luis Potosí.

 

Lo anterior con el fin de lograr una armonización de ley, y en aras de la eficiencia y eficacia de la norma que nos ocupa y en virtud de que con la entrada en vigor del Código Procesal Administrativo para el Estado de San Luis Potosí el diecinueve de julio de dos mil diecisiete, se abrogó la Ley de Procedimientos Administrativos para el Estado y Municipios de San Luis Potosí. Los procedimientos  iniciados  durante su vigencia continuarán  substanciándose y  se  resolverán  bajo las disposiciones  de la misma  hasta  su conclusión  definitiva.

 

Por ello era conveniente actualizar y establecer el nombre correcto del ordenamiento que ahora prevé los recursos administrativos mencionados en el contenido del artículo 57 de la Ley de Bienes del Estado y Municipios del Estado de San Luis Potos con la intención de darle legalidad, certeza y seguridad jurídica al precepto citado.

 

Fue aprobado por unanimidad reformar los artículos 1º. y 2º. del Decreto Legislativo Nº 1183, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 12 de septiembre de 2018, para quedar como sigue:

 

Artículo 1º. Se autoriza al ayuntamiento de Villa de Ramos a donar en favor del Organismo Público Descentralizado “Servicios de Salud de San Luis Potosí” un terreno propiedad de dicho ayuntamiento, ubicado en la localidad de Los Hernández s/n, tramo carretero Salinas a El Barril, con una superficie de 18,928.78 metros cuadrados.

 

Artículo 2º. El predio objeto de la donación deberá utilizarse exclusivamente para la construcción y funcionamiento de un hospital, inmueble que podrá ser otorgado para su operación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), estando facultada la donataria para realizar todos los actos jurídicos necesarios para el logro del objeto de la donación. Si la donataria varía el uso y destino del predio, la propiedad del mismo se revertirá en favor del ayuntamiento de Villa de Ramos, con las condiciones y mejoras que en su caso llegue a tener.

 

Se aprobó por mayoría, con 11 votos a favor, 10 en contra y 3 abstenciones,  un punto de acuerdo que presentó la diputada Marite Hernández Correa para que el Congreso del Estado exhorte al ayuntamiento de la capital potosina para que, por conducto del área de alumbrado público, se restablezcan todas las luminarias de los alrededores del río Paisanos; y que, a través de la Dirección de Ecología y Aseo Público, se resuelva la contaminación del río con una adecuada disposición final de los residuos urbanos que allí se depositan; además, la activación de los organismos vecinales para mejorar el tejido social en torno al río.

 

Para exhortar al titular de la Comisión Estatal del Agua a que impulse en las colonias colindantes del río Paisanos, en coordinación con las dependencias competentes en la materia, y con la finalidad de propiciar la participación social, el desarrollo de una cultura del agua que considere a este elemento como recurso vital, escaso y de gran valor social y ambiental.  Asimismo, que realice análisis de calidad del agua y, en consecuencia, aperciba legalmente a quienes contribuyen o son responsables de descargas o depósitos de residuos sólidos urbanos, esto en coordinación con la SEGAM.

 

Para  exhortar al titular de la Secretaría Estatal de Desarrollo Urbano, Vivienda y Obras Públicas a realizar el proyecto de parque lineal en el río Paisanos, sin modificar su cauce, que permita dotar de un espacio recreativo a los habitantes de las colonias aledañas. Así como a coordinarse con la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU) para generar proyectos de recuperación de esa zona, de acuerdo con la categoría del predio, dentro del Plan de Centro de Población Estratégico de San Luis Potosí.

 

Para exhortar a la titular de la Secretaría Estatal de Ecología y Gestión Ambiental,  para que sea la Dirección de Educación Ambiental, quien realice acciones de sensibilización y conservación del sitio, en coordinación con la Dirección de Parques y Jardines del ayuntamiento potosino, para que en aras de sus facultades, se realicen programas de concientización con la población, a efecto de impedir que el río y sus alrededores se vean contaminados, evitando con ello que el río Paisanos sea un foco de infección latente.

 

Para exhortar a la titular de la Secretaría de Salud Local, a dar seguimiento a las enfermedades ocasionadas por la contaminación del río Paisanos en los habitantes de las zonas aledañas; así como para realizar acciones preventivas que sensibilicen a la población, a fin de evitar el aumento de estas enfermedades.

 

Para  exhortar al titular de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado a restablecer los rondines de vigilancia para garantizar la seguridad de los habitantes de las colonias colindantes al río Paisanos.

 

Y para exhortar al Presidente Municipal de San Luis Potosí y al Presidente del Sistema Estatal para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, a coordinar los esfuerzos y acciones en torno a la protección de los derechos, integridad y vida de las mujeres en nuestro Estado, y que de manera más específica se cumplimenten las medidas de seguridad del numeral 2, incisos 1, 2, 3, 5 y demás relativos, contenidos en la Declaratoria de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en el Estado de San Luis Potosí.

 

Fue aprobado por mayoría, con 14 votos a favor, 8 en contra y 3 abstenciones, un punto de acuerdo que presentó el diputado Héctor Mauricio Ramírez Konishi para que el Congreso del Estado solicite al Gobierno de la República, encabezado por el C. Andrés Manuel López Obrador, a no volver a suspender, por ningún motivo o circunstancia,  la convocatoria emitida por el Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva para acceder a los más de 346 millones de pesos aprobados para 2019 en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

 

Por ser inadmisible en un Estado Democrático de Derecho,  se exhorta a al Gobierno de la República, encabezado por Andrés Manuel López Obrador, a no utilizar, oficios o memorándums, para  pretender suspender actos legislativos de asignación presupuestal.

 

Y para instar al gobierno federal a subsanar y corregir cualquier  acción que vulnere los derechos de las mujeres a vivir libres de violencia, que va en contra de los tratados internacionales y nacionales en la materia que México ha firmado y ratificado.

 

También se aprobaron los dictámenes que desecharon por improcedentes las iniciativas que buscaban reformar el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 12 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí.

 

Además, se aprobaron los dictámenes que desecharon por improcedentes la iniciativa de Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal del año 2019, del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de San Vicente Tancuayalab; la solicitud del presidente municipal de Tancanhuitz, a fin de que se le autorice donar predios a 110 personas en colonias, Xolol Bethania, e Ing. Omar San Román;  la iniciativa del ayuntamiento de Villa de Reyes, a fin de que se le autorice la donación de 2 predios de propiedad municipal ubicados en el parque industrial WTC2, con superficie de 60 hectáreas; la solicitud del ayuntamiento de Coxcatlán, S.L.P., a fin de que se le autorice la donación de un predio de propiedad municipal, ubicado en la Carretera Coxcatlán – Carrizos Km 01, con superficie de 453.96 metros cuadrados, a favor de los Servicios de Salud en el Estado de San Luis Potosí, para albergue; la solicitud del ayuntamiento de Venado a fin de que se le autorice la donación de un predio de propiedad municipal, ubicado en la calle Independencia Nº 133, a favor del Sistema Estatal DIF; e iniciativa que plantea autorizar al ayuntamiento de Venado donar 103 predios en la colonia San Francisco para regularizarlos a través de la Promotora del Estado.

 

Fueron retirados del orden del día el punto de acuerdo que presentaría el diputado Ricardo Villarreal Loo para que el Congreso del Estado exhortara de la forma más respetuosa al Lic. Andrés Manuel López Obrador, titular del Poder Ejecutivo Federal, para que se restablezcan los fondos que fueron cancelados en el Presupuesto de la Federación para el año 2019, destinados al programa Modelo Integral para la Atención del Cáncer Cervicouterino Localmente Avanzado y Avanzado (MICAELA) del Instituto Nacional de Cancerología; y el punto de acuerdo que presentaría la diputada Beatriz Eugenia Benavente Rodríguez para que el Congreso del Estado exhortara respetuosamente a la titular de la Auditoría Superior del Estado para que en el marco de sus atribuciones fortalezca la sensibilización de género, como vía para erradicar la violencia política y laboral, el acoso y las conductas que lleven a la vulneración de derechos de cualquier persona que labore en esa institución.

 

En la sesión ordinaria también se turnó a las comisiones legislativas respectivas diversa correspondencia enviada por Poder Legislativo; demás Poderes del Estado; entes autónomos; ayuntamientos,  organismos paramunicipales y otras autoridades; Poder Federal; Poderes de otras entidades del país; Particulares e Iniciativas.

 

En asuntos generales, el diputado Edgardo Hernández Contreras intervino en la Tribuna Legislatura para denunciar los actos de inseguridad que se siguen presentando en San Luis Potosí; y reiteró que se debe otorgar el aumento salarial a los elementos policiacos. La legisladora Marite Hernández Correa pidió al presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, Juan Pablo Almazán Cue, que respete los derechos de las abogadas y abogados de ese Poder.

 

El diputado Edson de Jesús Quintanar Sánchez habló de la agresión que, el fin de semana pasado, sufrió Carlos Covarrubias Rendón, activista y abogado de comuneros de San Juan de Guadalupe, y presentó un punto de acuerdo para exhortar a los titulares del Ejecutivo del Estado, de la Fiscalía General del Estado y de la Secretaría de Seguridad Pública para que apliquen protocolos que garanticen y salvaguarden la seguridad del activista. El punto de acuerdo fue  aprobado  por unanimidad  por el pleno del Congreso del Estado por considerar que era de obvia y urgente resolución.

 

El legislador Eugenio Guadalupe Govea Arcos dio a conocer a la Directiva del Congreso del Estado el informe que envió la Fiscalía General del Estado en torno al punto de acuerdo que aprobó esta LXII Legislatura para que se agilizaran las investigaciones de la agresión que sufrió el legislador Pedro César Carrizales Becerra el pasado 4 de febrero. La Fiscalía informó que continúan las investigaciones de este caso y que se han agilizado las acciones.

 

También Govea Arcos presentó, a nombre de otros diputados, un punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo del Estado diseñar y ejecutar un programa emergente de estancias infantiles, por un lapso de  dos meses, en apoyo a las madres trabajadoras. El punto de acuerdo fue  aprobado  por unanimidad  por el pleno del Congreso del Estado por considerar que era de obvia y urgente resolución.

 

La diputada Martha Barajas García habló del sistema de educación indígena y de su importancia.

 

Agotados los asuntos agendados, la presidenta de la Directiva, diputada Sonia Mendoza Díaz, citó al pleno de la LXII Legislatura a sesionar a partir de las 10 horas del jueves 07 de marzo del año 2019 en el salón “Ponciano Arriaga Leija” ubicado en la sede del Congreso del Estado de Jardín Hidalgo número 19.