Reformas a Ley de Tránsito evitarán abusos

San Luis Potosí.- Con las modificaciones a la Ley de Tránsito en sus artículos 84 y 91, queda establecido que si el infractor fuere jornalero, obrero o trabajador, sólo podrá ser sancionado con una multa que no exceda el importe de un salario mínimo diario vigente en la Entidad; y en el caso de los trabajadores no asalariados, la multa no excederá del equivalente a un día de su ingreso, señaló el diputado Manuel Aguilar Acuña.

Precisó que con esta modificación, se evitarán abusos por parte de los agentes de tránsito, de manera que al multar a los conductores, cumplan lo dispuesto en la legislación y no se excedan en cuanto al monto de las infraccione